El SCS vulneró el derecho de huelga del 061 al fijar servicios mínimos del 100% en las protestas de febrero

Actualizado: lunes, 17 agosto 2009 14:25

SANTANDER, 17 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Servicio Cántabro de Salud (SCS) vulneró el derecho a la huelga de los trabajadores del 061 al fijar servicios mínimos que afectaban a la totalidad de la plantilla en los tres paros de 24 horas convocados por el personal del servicio durante tres fines de semana del mes de febrero.

Así lo asegura la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), en una sentencia dictada cinco meses después de la convocatoria (la fecha del fallo es del pasado 27 de julio) y conocida hoy. La Sala da así la razón al sindicato UGT, que recurrió por la vía judicial el decreto de servicios mínimos en el que se establecía que trabajara el cien por cien de los trabajadores.

La Administración aducía razones de emergencia sanitaria para que trabajara toda la plantilla, es decir, un médico y un ATS por cada una de las cuatro bases de Santander, Torrelavega, Laredo y Astillero, además del médico del centro coordinador de urgencias.

Según el SCS, las recomendaciones internacionales sobre el número de UVI móviles aconsejan una por cada 150.000 habitantes y, por tanto, en Cantabria son necesarios cuatro vehículos para garantizar una "adecuada cobertura". A su juicio, con sólo tres UVI móviles sería imposible garantizar una atención sanitaria urgente porque, si surgiera un traslado extraprovincial, sólo quedarían dos para atender las emergencias en la región.

Sin embargo, el TSJC, aun reconociendo que se trata de un servicio esencial, recalca que "no basta con apelar al carácter asistencial y de urgencia" e incide en que el sentido de los servicios mínimos es garantizar una "cobertura mínima", pero eso no exige "alcanzar el nivel de rendimiento habitual, ni asegurar su funcionamiento normal".

Además, recuerda que si están en servicio cuatro UVI móviles, y la ratio es de una unidad por cada 150.000 habitantes, en Cantabria estarían cubiertas 600.000 personas, cuando su población no llega a tal cifra.

Por tanto, para la Sala de lo Contencioso, no se explica por qué durante la huelga no puede prestarse el servicio con sólo tres UVI móviles, máxime cuando existen otros "recursos extraordinarios".

En este sentido, remite al propio informe del SCS sobre los servicios mínimos en el que, entre otras cosas, se explica que cuando cualquiera de las unidades está atendiendo una emergencia y surgen otros servicios se responde con los recursos que haya disponibles en cada momento, incluido si es necesario ambulancias de soporte vital básico con personal de Atención Primaria.

En definitiva, el TSJC cree que "no se justifica" la necesidad de unos servicios mínimos del cien por cien y secunda la postura del sindicato y también de la Fiscalía, según la cual, "una huelga en la que la totalidad de los trabajadores se ven obligados a trabajar no puede ser tenida por tal, ya que no se produce la presión que está en la esencia de la huelga".