El Supremo ratifica la anulación de las subvenciones del IBI

Actualizado: lunes, 26 mayo 2014 16:33

Condena al Ayuntamiento a pagar 8.000 euros de costas procesales

SANTANDER, 26 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Ayuntamiento de Castro Urdiales contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que en 2010 anuló las subvenciones del impuesto de bienes inmuebles (IBI) para empadronados en el municipio, aprobadas a finales de 2007 siendo alcalde Fernando Muguruza y concejal de Hacienda José Miguel Rodríguez KyK.

Fue ese mismo equipo de Gobierno, del que también formaba parte Acuerdo por Castro, el que recurrió en casación la sentencia del TSJC, y ahora el Supremo condena al Consistorio a pagar las costas procesales, por importe de 8.000 euros.

El fallo del alto tribunal, recogido por Europa Press, respalda el criterio que llevó al TSJC a estimar parcialmente el recurso presentado por el partido político Grupo de Trabajo de Castro Urdiales tras la modificación de la ordenanza del IBI a finales de 2007.

El Supremo señala que si el Ayuntamiento "pretendía evitar subidas excesivas o poner un límite a los posibles incrementos anuales de la cuota del IBI debió de acudir a las reducciones por bonificaciones potestativas, con su consiguiente régimen normativo, en lugar de utilizar el peculiar sistema de subvenciones, ajenas en su naturaleza jurídica y fines al ámbito fiscal".

Por ello, considera que el Ayuntamiento carecía de competencia para incluir en la gestión del IBI una minoración de la cuota líquida no contemplada ni en la Ley General Tributaria ni en el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

El Supremo concluye que los ayuntamientos no pueden reconocer bonificaciones en el IBI, amparados en su autonomía local, que resulten contrarias a la Ley de Haciendas Locales, y no admite como bonificación potestativa para el Ayuntamiento una bonificación en el IBI que se encauza a través de subvención para empadronados en el municipio.