Los ayuntamientos tienen una semana más para acogerse a las mejoras de los préstamos del Plan de Proveedores

Actualizado: miércoles, 11 junio 2014 19:04

MADRID/TOLEDO, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

El plazo para que los ayuntamientos presenten la solicitud para acogerse a alguna de las modalidades de flexibilización de las condiciones financieras para la devolución de los préstamos de la primera fase del Plan de Proveedores, se ha ampliado hasta el 21 de junio, según ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Así pues, los ayuntamientos cuentan con una semana más ya que el plazo inicialmente previsto era hasta 14 de junio. Esto se debe a que la orden ministerial que recoge las medidas para mejorar las condiciones de crédito a las entidades locales se ha publicado este miércoles, es decir, a tres día de que dicho plazo venciera.

Según ha informado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en un comunicado, una vez que reciba las solicitudes de las distintas entidades locales de acogerse a las opciones de flexibilización, este departamento valorará los planes de ajuste presentados y, tras esto, del 16 al 31 de julio se modificarán sus contratos.

El pasado 8 de mayo, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, trasladó a la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL) el acuerdo alcanzado en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos --en la que se acordó dicha medida con el objetivo de facilitar a los Ayuntamientos la devolución de los préstamos del Plan de Proveedores--.

TRES VÍAS PARA FACILITAR LA DEVOLUCIÓN DE PRÉSTAMOS

En la orden ministerial publicada este miércoles, se detallan las tres modalidades que ofrece el Ministerio de Hacienda a los ayuntamientos endeudados para flexibilizar las condiciones del crédito adquirido en la primera fase del plan de pago a proveedores.

La primera opción se basa en la ampliación del período de amortización de 10 a 20 años y el plazo de carencia de 2 a 4 años, y en una reducción del tipo de interés de unos 41 puntos básicos.

Los municipios que se beneficien de esta medida a cambio deberán aplicar condiciones de reducción de gasto y de aumento de ingresos así como aprobar planes de ajuste que recojan estas medidas. Además, se establecen medidas de control de posibles impagos al Fondo de Financiación del Pago a Proveedores (FFPP) y de posibles incumplimientos futuros de los planes de ajuste.

La segunda modalidad de flexibilización, supone la ampliación del periodo de carencia en un año más --de dos a tres años--. Además, se mantiene el actual periodo de amortización de diez años con una reducción 'intermedia' del tipo de interés en unos 131 puntos básicos.

Por último, la tercera opción a la que pueden acogerse los ayuntamientos, se basa en la reducción 'máxima' del tipo de interés en unos 140 puntos básicos.

OBLIGATORIEDAD DE INCORPORAR MEDIDAS A LOS PLANES DE AJUSTE

Para todos los municipios que se acojan a estas ayudas, en cualquiera de sus modalidades, se establece la obligación de adoptar determinadas medidas que deberán incorporar a los planes de ajuste revisados.

En este sentido, destacan la adhesión automática al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado o a la plataforma 'Emprende en 3' para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la actividad empresarial.

Otra medida obligatoria es la sustitución inmediata de, al menos, un 30 por ciento de las vigentes autorizaciones y licencias de inicio de actividad económica por declaraciones responsables, y elaborar un informe de evaluación de las normas de la entidad local incompatibles con la unidad de mercado.