El juez de Alicante sigue con la causa de Terra Mítica porque la presencia de Amor "no supone" su elevación al TSJCV

Actualizado: miércoles, 15 abril 2009 21:30

ALICANTE, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

El juez de instrucción número 9 de Alicante seguirá adelante con su investigación en el llamado 'caso Terra Mítica', ya que el hecho de que aparezca entre los denunciados la diputada de las Corts, Gema Amor, "no supone la automática elevación de la causa al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV)", según informaron hoy en un comunicado fuentes de este tribunal.

De este modo, el magistrado ha rechazado el recurso de reforma presentado por uno de los imputados, que solicitaba la inmediata inhibición del juzgado de instrucción número 9 de Alicante a favor de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV. El magistrado "recuerda a las partes la doctrina del Tribunal Supremo y del TSJCV, que ya se han pronunciado en este sentido en reiteradas ocasiones".

Concretamente, el juez cita el auto de 7 de febrero de 2008, en el que el alto tribunal autonómico señaló que para que la Sala "asuma la competencia para el conocimiento de causa contra persona aforada no es suficiente la mera formulación de una denuncia o querella contra la misma, sino que es preciso y necesario que en ella, y en la documentación que en su caso las acompañe, se le impute y atribuya a dicha persona aforada, la comisión o implicación en un hecho o hechos concretos y determinados, objetivamente constatables, de los que pueda desprenderse la existencia de una concreta imputación fáctica contra dicha persona aforada que aparentemente presenten caracteres de poder ser constitutivos de delito".

Así, según aclararon las mismas fuentes, "no se trata simplemente de que la persona aforada aparezca en la denuncia o en la querella, sino de que efectivamente se realice de modo directo la imputación de hechos concretos, hechos que pueda estimarse que son en una primera apariencia constitutivos de delito".

Según las mismas fuentes, "dicho rigor en la concreción de la imputación debe extremarse más si cabe, cuando la denuncia o querella se dirige contra varias personas, siendo únicamente una de ellas persona aforada". En este sentido, "el Tribunal Supremo, de forma reiterada, viene declarando, que cuando se imputan actuaciones criminales a un grupo de personas y alguna de ellas tiene el carácter de aforado, debe individualizarse claramente la conducta concreta que respecto a ese aforado pudiera ser constitutiva de delito", según insistieron.

Por otra parte, ya se ha recibido certificación de las Corts Valencianes sobre la condición de aforada de Gema Amor, por lo que, "sin perjuicio de que sigan practicándose en el juzgado de instrucción número 9 las pruebas acordadas", el magistrado instructor "ha dado a las partes un plazo de cinco días hábiles para se pronuncien sobre qué órgano judicial es el competente para asumir la investigación en el futuro".

El Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante abrió en enero de 2007 diligencias por delitos de malversación, falsedad documental y contra la Hacienda Pública. La causa penal fue abierta tras la denuncia presentada por la Fiscalía, recogiendo hechos denunciados a su vez por la Agencia Tributaria.