Moragues afirma que la actual legislación permite reclamar un anticipo de los fondos a cuenta de la liquidación de 2017

El conseller de Hacienda, Juan Carlos Moragues, durante la entrevista.
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 8 noviembre 2014 14:21

VALENCIA, 8 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El conseller de Hacienda y Administración Pública, Juan Carlos Moragues, ha manifestado que "la actual legislación que regula la financiación de las comunidades autónomas de régimen común, la Ley 22/2009, en su articulado permite solicitar un anticipo de los fondos que se liquidan dos años después y que corresponden al ejercicio en curso".

   En este sentido, ha explicado que los recursos que reciben las comunidades autónomas del modelo de financiación se distribuyen en dos apartados, "las entregas a cuenta del año presupuestario, que es la transferencia mensual que nos hace el estado de los ingresos que han de recibir las comunidades para cubrir los gastos de sanidad y educación, y la liquidación que se hace dos años después, una vez se han computado todos los ingresos obtenidos por el Estado procedentes de las comunidades".

   Moragues ha concretado que las entregas a cuenta están constituidas, a grandes rasgos, por el 98% de lo que se prevé recibir en concepto de liquidación definitiva derivada de la cesión del Fondo de Garantía y del Fondo de Suficiencia, del 50% del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), IVA y del 58% de los Impuestos Especiales.

   Por su parte, ha señalado que en la liquidación del modelo se incluyen los Fondos de Convergencia, que incluyen los Fondos de Cooperación y los citados Fondos de Competitividad, donde se determinan si las entregas a cuenta efectuadas dos años antes se adecuan a la ejecución tributaria real estableciendo unas diferencias que pueden ser positivas o negativas.

    En este sentido, ha insistido en que "la Comunitat es la autonomía que mayor importe recibe de este fondo con una media de 1.057 millones en los últimos cuatro años, transferencias que otras comunidades autónomas reciben a través de las entregas a cuenta en el ejercicio en curso, y nosotros tenemos que esperarnos dos años a recibir un dinero que es de los valencianos".

   Asimismo, ha aclarado que "la Generalitat no está pidiendo una entrega a cuenta del fondo de competitividad, algo que no sería acorde a la regulación existente, sino que la Generalitat está solicitando un anticipo con base en el artículo 64.2 de la Ley 22/2009", ya que "en ningún caso se recoge que se puedan recibir, como entrega a cuenta, los fondos de competitividad o cooperación que correspondan al ejercicio presupuestario, los cuales se reciben dos años después".

DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO

   De hecho, ha comentado que el citado artículo 64.2 se señala, que en principio, el anticipo deberá ser devuelto antes de que finalice el ejercicio presupuestario, no obstante, el artículo precisa que "salvo si se concedieron a cuenta de la liquidación definitiva de la participación en los ingresos del Estado, en cuyo caso se reembolsarán simultáneamente a la práctica de dicha liquidación, algo que sucederá en 2017", ha puesto de manifiesto Moragues.

   Asimismo, ha recalcado que "en 2012 dijimos que incluir el fondo de competitividad en las entregas a cuenta no tenía cobertura legal porque la Ley 22/2009, aprobada por el gobierno socialista y que regula el actual modelo de financiación que discrimina y trata de forma injusta a la Comunitat, no prevé incluir el fondo de competitividad en las entregas a cuenta y lo que sí que contempla, es poder pedir un anticipo de tesorería de ese fondo de competitividad".

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