El TUE dice que norma húngara sobre juegos de azar en línea discrimina a operadores de otros países de la UE

Publicado: miércoles, 28 febrero 2018 10:56


BRUSELAS, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este miércoles que las normas húngaras que regulan la prestación de servicios de juegos de azar en línea y la concesión de licencias para explotar casinos tradicionales discriminan a los operadores de otros países de la Unión Europea y no se ajustan a las normas europeas que garantizan la libre prestación de servicios.

La sentencia se refiere al caso de la sociedad británica Sporting Odds, que organiza juegos de azar en línea y en casinos en Reino Unido y fue multada por las autoridades húngaras a pagar unos 11.260 euros (3,5 millones de forintos) por ofrecer servicios de juegos de azar en línea sin la licencia ni su autorización preceptiva.

La justicia búlgara ha remitido una pregunta prejudicial al Tribunal de Justicia europeo para que aclare si las normas húngaras son compatibles con el Derecho europeo que garantiza la libre prestación de servicios.

El Tribunal de Justicia europeo, con sede en Luxemburgo, ha dictaminado que exigir una autorización a empresas para ofrecer servicios de azar en línea únicamente a aquellas que ya explotan un casino tradicional en el territorio nacional supone una restricción discriminatoria a la libre prestación de servicios y no puede justificarse por motivos de orden público o salud, como esgrime el Gobierno húngaro, al considerar que se pueden proteger con medidas menos restrictivas, tal y como ya determinó previamente la justicia europea en el caso de Unibet en junio de 2017.

El tribunal europeo considera permitir que una empresa de juegos de azar "de probada fiabilidad" -que haya prestado estos servicios durante diez años en Hungría-- pueda obtener un contrato de concesión incluso sin mediar licitación perjudica a los operadores de juegos de azar establecidos en otros Estados miembro y supone una diferencia de trato, dado que las empresas nacionales pueden cumplir este requisito más fácilmente.

Aunque la norma húngara contempla la posibilidad de convocar licitaciones para la concesión de contratos para explotar casinos tradicionales éstas todavía no se han convocado en Hungría, recuerda el tribunal.

La justicia europea aclara además que el sistema dual en Hungría, donde las apuestas deportivas e hípicas están sujetas a un monopolio público con el objetivo fundamental de prevenir la adicción ciudadana a los juegos de azar aunque también generan ingresos para las arcas públicas, no es incompatible con el principio de libre prestación de servicios.

Leer más acerca de: