Economía.- Madrid estudia dar libertad a comerciantes en el horario de apertura y cierre en días laborables y festivos

Actualizado: viernes, 4 abril 2008 12:35

El documento prevé controlar la venta de alcohol a menores y en horario nocturno


MADRID, 4 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comunidad de Madrid está estudiando una serie de medidas para simplificar procedimientos y eliminar trámites burocráticos con un anteproyecto de Ley de Modernización del Comercio en el que se contempla la posibilidad de dar libertad a los comerciantes sobre el horario de apertura y cierre de sus locales en días laborables y en domingos y festivos permitidos, con la intención de fomentar la creación de empleo.

Según informaron a Europa Press fuentes de la Consejería de Economía y Consumo, el borrador, que está avalado por las principales asociaciones de comerciantes, pretende fomentar la creación de empleo, reducir la inflación y generar más competencia.

El texto baraja la posibilidad de que no existan las limitaciones horarias máximas actuales que se establecían para el ejercicio de la actividad comercial, tanto con carácter semanal (máximo de 90 horas), como diario (cierre entre 00.00 horas y 7.00 horas, y 12 horas de apertura máxima los días festivos), haciendo uso de las atribuciones reconocidas por la legislación básica estatal en materia de horarios comerciales.

El proyecto también realiza una revisión de los procedimientos de obtención de las autorizaciones administrativas para la implantación de ciertos establecimientos comerciales minoristas, singularmente medianas superficies.

Con ello, "se podrían eliminar aquellas que merman la eficiencia empresarial y que suponen duplicidades de trámites con las licencias que otorgan las Administraciones locales, al no venir exigidas por una normativa básica estatal en materia de comercio, como es el caso de los establecimientos de "descuento duro" y medianos establecimientos comerciales, con superficie entre los 750 y los 2.499 metros cuadrados", según Economía.

En la actualidad la autorización de la implantación de grandes establecimientos comerciales se regula en la región dependiendo del tamaño en superficie y de la población del municipio en el que se ubicaban. Ahora, se estudia simplificar el procedimiento de autorización para que sean considerados como tales los de más de 2.500 metros cuadrados, que es la superficie que marca la Ley básica del Estado, de manera que estos comercios si tendrán que conseguir la conocida como segunda licencia comercial autonómica, por exigencia de la norma estatal.

Si el documento llega a aprobarse, tampoco sería necesaria una autorización autonómica para cambios de titularidad o para ampliación, salvo cuando la misma supere el 30 por ciento de la superficie. Asimismo, la Administración autonómica tendría que resolver la petición para establecer un gran centro comercial en un máximo de cuatro meses, en vez de los ocho actuales.

CONTROL DE LA VENTA DEL ALCOHOL

El anteproyecto contempla la persecución de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años, algo que quedaría garantizado mediante las preceptivas licencias municipales y con el control desarrollado por las autoridades inspectoras y policiales, además de por la imposición de multas en el caso de la venta de este tipo de bebidas a menores o en horario nocturno.

También, y para ser sensible a las peticiones del sector de la distribución, se plantea suprimir la exigencia de una licencia específica para la venta, suministro o distribución de bebidas alcohólicas, que otorgan los ayuntamientos. Se trata de una licencia adicional sobre las municipales tradicionales, produciéndose una clara duplicidad, además de ser discriminatoria, ya que los establecimientos donde está permitido el consumo inmediato de bebidas alcohólicas (bares, cafeterías) no tienen dicha obligación.

Sólo Extremadura y Madrid tienen vigente dicha licencia extra, por lo que también se producía discriminación del empresario madrileño respecto de la inmensa mayoría de regiones.

La nueva normativa podría incluir la supresión de determinados trámites que eran preceptivos antes de poder iniciar la actividad comercial, como en el caso de la obligada inscripción en diversos registros comerciales como el de Actividades y Empresarios Comerciales, de naturaleza básicamente censal, o los Registros de Franquiciadores y Empresas de Venta a Distancia. Se mantendría, no obstante, el de Venta Ambulante, que dispone de regulación legal específica.

"Se entiende que la supresión de los trámites citados allanará el ejercicio de la actividad por los comerciantes, evitando, además, duplicidades, dado que en el caso de Franquiciadores o de Ventas a Distancia ya existen registros en el ámbito estatal, cumpliendo la misma función.", según el borrador.

ACTIVIDAD FERIAL

El documento también estudia sustituir el régimen de autorización a la actividad ferial desde la Comunidad de Madrid por el de comunicación previa en todas las ferias y exposiciones comerciales, de manera que se prevé una aún mayor dinamización en un sector empresarial. Esta iniciativa crearía más de 40.000 empleos y 1.900 millones de euros de inversión.

En concreto, se quiere sustituir la autorización administrativa hasta ahora existente por un régimen de comunicación que, conteniendo los principales datos de la entidad organizadora y de la feria en cuestión, servirá a la Comunidad de Madrid para coordinar estas actividades y promover su difusión y promoción, a través del Calendario Ferial.

Todas estas modificaciones vienen avaladas por la liberación los horarios comerciales que el Gobierno regional ha llevado a cabo en la zona de Sol, donde trascurridos algo más de dos meses desde la aplicación de la declaración del barrio como zona de gran afluencia turística, ha supuesto ya la contratación de más de 500 personas.