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   MADRID, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -

  El Gobierno quiere acabar con la incapacitación jurídica de las personas con discapacidad intelectual, que de forma habitual son sustituidas por otras en la toma de decisiones, y pasar a un sistema que proporcione a este colectivo los apoyos y medidas más pertinentes, según el caso, para que se respete su voluntad y puedan ejercer su capacidad jurídica en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos.

Para ello, según recoge el 'anteproyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad', adelantado por 'El País', y que recoge Europa Press, el Ejecutivo pretende reformar el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley del Registro Civil.

Tras la aprobación este viernes por el Consejo de Ministros del texto elaborado por la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, el anteproyecto pasará a trámite de audiencia pública para que intervengan y hagan sus aportaciones los diferentes colectivos.

Con esta reforma se pretende adecuar la legislación española a la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2006, que en su artículo 12 obliga a los Estados parte, entre ellos España, a garantizar la igual capacidad jurídica de las personas con discapacidad en todo el tráfico jurídico sin restricciones ni exclusiones, prestando apoyos para la toma de decisiones cuando sea preciso, pero sin sustituir a la propia persona.

"Se impone así el cambio de un sistema como el hasta ahora vigente en nuestro ordenamiento jurídico, en el que predomina la sustitución en la toma de las decisiones que afectan a las personas con discapacidad, por otro basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona quien, como regla general, será la encargada de tomar sus propias decisiones", indica el Ministerio de Justicia en la 'exposición de motivos'.

La nueva regulación trata no solo a los asuntos de naturaleza patrimonial, sino también a los aspectos personales, como pueden ser los relativos a decisiones sobre las vicisitudes de su vida ordinaria, es decir, domicilio, salud y comunicaciones, entre otros.

"No se trata, pues, de un mero cambio de terminología que relegue los términos tradicionales de 'incapacidad' e 'incapacitación' por otros más precisos y respetuosos, sino de un nuevo y más acertado enfoque de la realidad, que advierta algo que ha pasado durante mucho tiempo desapercibido: que las personas con discapacidad son titulares del derecho a la toma de sus propias decisiones, derecho que ha de ser respetado", señala el texto.

APOYOS Y GUÍAS

Una de los cambios que introduce el anteproyecto tiene que ver con la tradicional figura del 'tutor', que es sustituida por otras que ejerzan de guía y apoyo en la toma de decisiones. Las funciones de representación de una persona con discapacidad solo se llevarán a cabo en los casos que presenten una mayor gravedad: "En situaciones donde el apoyo no pueda darse de otro modo y solo ante esa imposibilidad, este pueda concretarse en la representación o sustitución en la toma de decisiones", indica el anteproyecto.

Según explica el Ministerio de Justicia, la "idea central" de este nuevo modelo es, por lo tanto, la del "apoyo" a las personas que puedan tener alguna dificultad en el ejercicio de su capacidad jurídica, lo que tradicionalmente se ha llamado 'capacidad de obrar'.

Asimismo, señala que este apoyo abarca desde el acompañamiento amistoso, a la ayuda técnica en la comunicación de declaraciones de voluntad, o incluso, la toma de decisiones delegadas por la persona con discapacidad. La capacidad jurídica abarca tanto la titularidad de los derechos, como la legitimación para ejercitarlos.

MEDIDAS PREVENTIVAS Y CAMBIO DE MENTALIDAD

La nueva regulación otorga preferencia a las medidas preventivas, es decir, a las que puede tomar la persona interesada en previsión de una futura necesidad de apoyo, como son los poderes y mandatos preventivos. También potencia otras medidas con carácter externo como la 'guarda de hecho' para la que no se requiere una medida judicial.

Asimismo, la futura normativa regulará también para los casos más severos la 'curatela' para la que es precisa la intervención de un juez, que será el que decida qué asuntos requieren de un 'curador'. También establece la figura del 'defensor judicial' en los casos de en que haya conflicto entre la persona con discapacidad y la persona de apoyo.

La reforma afecta también a otras normas relativas al Derecho Internacional privado, a los actos relativos a la nacionalidad, el matrimonio o la filiación, así como a algunas reglas del Derecho de sucesiones y de contratos.

El texto subraya que la reforma normativa debe ir unida a una "transformación de la mentalidad social", y "especialmente" la de jueces y magistrados, funcionarios de la administración de justicia, notarios, registradores, que "han de prestar sus respectivas funciones, a requerimiento de las personas con discapacidad, partiendo de los nuevos principios y no de visiones paternalistas".

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