IU-Mérida se suma a las peticiones de paralización de las obras en el "entorno protegido" del Templo de Diana

Actualizado: miércoles, 3 junio 2009 9:53

MÉRIDA, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

La formación Izquierda Unida-Mérida mostró hoy su "más profundo rechazo" al proyecto de intervención que se está llevando a cabo sobre el "entorno protegido" del Templo de Diana de la capital autonómica y reclamó su paralización, ya que estas obras "vulneran gravemente los valores histórico-artísticos y la contemplación de dicho monumento".

En nota de prensa, exigió así a la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura y al Consorcio Monumental de la Ciudad de Mérida que reconsidere las actuaciones que se están llevando a cabo sobre el mencionado monumento y paralice cualquier intervención que tenga planteada en el futuro que no contemple "debidamente" los valores y finalidades de "protección, conservación, engrandecimiento, difusión y estímulo del patrimonio histórico y cultural" de Extremadura y de la ciudad de Mérida.

La formación recordó que la legislación vigente reserva a dicho monumento la condición de Bien de Interés Cultural, lo que implica "el mayor grado de protección" que recoge la Ley del Patrimonio Histórico-Artístico de Extremadura, que según indicó también hace extensible ese grado de protección al entorno físico del monumento.

Por tanto, y de acuerdo con esta norma, dijo IU, cualquier modificación o intervención sobre el templo debe ser "absolutamente respetuosa" con los valores históricos y estéticos que incorpora el monumento que es objeto de la protección, una norma que se vulnera, a juicio de la formación política, con "el soterramiento del terreno bajo una capa de hormigón y cristal y la construcción de una galería de locales comerciales que circunde al monumento que se contempla en el proyecto".

En opinión de IU-Mérida, la consecución del proyecto planteado por el Consorcio Monumental de Mérida y la Consejería de Cultura supone una "vulneración flagrante" de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, concretamente en lo que se señalado en el art. 33.a donde se indica la necesidad de "respetar las características esenciales del inmueble, en todo proyecto de intervención sobre un bien de interés cultural", apuntó.

Destacó además que el artículo 38. 1 y 2, se afirma que "el entorno de los monumentos estará constituido por los inmuebles y espacios colindantes inmediatos", así como "la existencia del entorno realza el bien y lo hace merecedor de una protección singular", y finalmente "el volumen, tipología, morfología o cromatismo de las intervenciones en el entorno de los monumentos no pueden alterar el carácter arquitectónico y paisajístico de la zona, ni perturbar la contemplación del bien".