Declaradas "legalizables" las obras de 12 hangares y la pista de operaciones del Aeródromo de Godos (Pontevedra)

Actualizado: martes, 7 julio 2015 13:19

Medio Ambiente resuelve que es "ilegalizable" la edificación colindante, por lo que ordena su demolición

PONTEVEDRA, 2 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas ha declarado "legalizables" las obras de 12 hangares y la pista de aterrizaje y despegue del Aeródromo de Godos, en Caldas de Reis (Pontevedra).

En concreto, ha sido la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística, según ha indicado en un comunicado Medio Ambiente, la que ha remitido la resolución por la que se declaran "legalizables" estas obras.

Sobre esta actuación, Medio Ambiente ha defendido que "es compatible con la ordenación urbanística". De todos modos, ha matizado que "se exige [...] la licencia urbanística municipal", que ha explicado que "sólo se podrá solicitar con posterioridad hasta que no sea otorgada la autorización".

Así las cosas, en la comunicación remitida a la entidad Aeródromos de Caldas SL, Medio Ambiente ha indicado a esta empresa que debe presentar, en el plazo de tres meses, la solicitud de la licencia o comunicación previa. De hecho, el departamento dirigido por Ethel Vázquez ha especificado que esta entidad debe mantener la suspensión de las obras mientras no se otorgue licencia o no se presente comunicación previa.

Por tanto, si el interesado no solicita la oportuna licencia transcurrido este plazo, la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística acordará la demolición de las obras y la reposición de los terrenos afectados por la pista de despegue y aterrizaje, además de impedir definitivamente los usos.

"ILEGALIZABLE" LA EDIFICACIÓN COLINDANTE

Por otro lado, la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística ha declarado "ilegalizable" la edificación colindante, por lo que ha ordenado su demolición, que deberá ser ejecutada en el plazo de tres meses desde la notificación de la resolución.

Y es que, desde la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística, consideran que esta edificación "no se ajusta al concepto de obra o instalación imprescindible para la actividad aeronáutica".

Asimismo, sostiene esta agencia que los promotores del aeródromo no probaron el cumplimiento de la condición relativa a que esta construcción albergue oficinas, instalaciones eléctricas y de defensa contra incendios, vestuarios y aseos proporcionales al número de usuarios de las instalaciones.

En cuanto a los terrenos sobre los que se llevaron a cabo las obras y se desarrolla la actividad, la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística ha señalado que les será aplicado el régimen de suelo rústico de protección ordinaria.