El Gobierno de Canarias señala que la norma del Estado reduce las ayudas económicas a 2.559 dependientes

Actualizado: viernes, 25 abril 2014 16:37

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Canarias ha indicado este viernes que la normativa estatal RD 1051/2013, que regula las prestaciones económicas en el sistema para la autonomía y atención a la dependencia, reduce las cuantías máximas para Grado III de 520,69 euros a 387,67 euros al mes, viéndose afectados un total de 2.559 dependientes del archipiélago.

Así lo ha manifestado el director general de Dependencia del Gobierno de Canarias, José Gilberto Moreno, quien recordó que dicha norma establece la regulación de las prestaciones del SAAD y determina las intensidades de protección de los servicios, compatibilidades e incompatibilidades entre los mismos y asegura la excepcionalidad de la prestación de cuidados en el entorno familiar.

En este sentido, apuntó que la aplicación en Canarias de este Real Decreto ha tenido como consecuencia una revisión de la prestación económica vinculada a la asistencia personal y a los diversos servicios, "estableciéndose una cuantía máxima de 387,67 euros/mes para el Grado III, cuando antes se establecía una cuantía de 520,69 euros".

Añadió que esta reducción se ha hecho efectiva en la compensación económica correspondiente a marzo, tras la consulta efectuada por la Comunidad Autónoma al Estado en cuanto a la aplicación de la reducción de cuantía, "indicándose que efectivamente se debía proceder a una reducción de cuantías máximas, en función del citado Decreto".

Moreno recordó que esta reducción se suma a la que ya efectuó el Estado con el Real Decreto 20/2102, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, "en aplicación de la que se efectuó una reducción del 15 por ciento en las cuantías de las prestaciones económicas para el cuidado en el entorno familiar".

Para el director general el presente Real Decreto "lo que viene a hacer es eliminar los niveles, dejando sólo los Grados, por lo que se unifican las cuantías". Agregó que en el artículo 13 del citado RD se establece una revisión de las cuantías máximas de las prestaciones económicas para los grados con derecho a prestación.

Finalmente, apuntó que en el artículo 12 se establecen requisitos y condiciones de acceso a la prestación económica vinculada en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, indicando que tienen un carácter excepcional y estableciendo que "podrán asumir la condición de cuidadores no profesionales de una persona en situación de dependencia, su cónyuge y sus parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco, cuando convivan en el mismo domicilio de la persona dependiente, esté siendo atendido por ellos y lo hayan hecho durante el periodo previo de un año a la fecha de presentación de la solicitud".