TS condena a un hombre a 19 años de prisión por delito de asesinato alevoso contra su ex pareja en Las Palmas

Actualizado: viernes, 24 julio 2009 20:00

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 24 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a G.M.C., de nacionalidad italiana, a 19 años de prisión por un delito de asesinato alevoso contra su ex pareja en Las Palmas de Gran Canaria.

Asimismo, el fallo de la sentencia del TS recoge la inhabilitación absoluta del condenado durante el tiempo de pena, así como le ha prohibido residir en Las Palmas de Gran Canarias, además de aproximarse al padre y a los hermanos de la víctima, en cualquier lugar donde se encuentre, durante 22 años.

Los hechos se remontan al 24 de marzo de 2006 cuando el condenado comenzó una discusión con la víctima motivada por celos mientras estaban en su domicilio, en Las Palmas de Gran Canaria, empujando a la mujer y golpeándola hasta llegar a romperle la ropa que llevaba puesta y arrebatándole el teléfono móvil.

El acusado, no conforme con la ruptura de la relación sentimental entre ambos, acudió de nuevo al domicilio de la víctima en la tarde del 3 de abril de 2006, obligándola a bajar a la calle, advirtiéndole que, de lo contrario, tumbaría la puerta e iría por ella. Una vez en la vía pública, el acusado le propuso mantener relaciones y, al negarse la víctima, la insultó para menoscabar su libertad.

Posteriormente, la mujer denunció estos hechos y el acusado, reconociendo las amenazas y los golpes que propinó a la víctima, se conformó con la pena dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, el 26 de abril de 2006, por un delito de maltrato en el ámbito familiar y con pena de seis meses de prisión, dos años de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, así como la pena accesoria de prohibición de aproximarse a menos de 500 metros o de comunicarse por cualquier medio con la víctima durante dos años, así como por un delito de amenazas leves con la pena de cuatro meses de prisión, e iguales penas de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y de alejamiento por el delito anterior.

Sin embargo, por auto de 26 de abril de 2006, se acordó la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas al acusado durante un período de dos años. No obstante, el acusado, sin causa justificada alguna y consciente de la orden de alejamiento que pesaba contra él, guiado por un manifiesto desprecio a la autoridad, deambuló en varias ocasiones por los alrededores del domicilio de quien hubiera sido su novia para saber de sus movimientos.

"INTENCIÓN DE ACABAR CON SU VIDA"

Así, el 9 de mayo de 2006, el acusado vio a su ex novia por la calle y se acercó a la misma preguntándole por qué le había abandonado yéndose con otro hombre, mientras la víctima le manifestaba que se retirara, ya que no podía acercarse ni dirigirse a ella pero él se acercó a ella con la "intención de acabar con su vida", armado con un cuchillo utilizado en las tareas de submarinismo, con una hoja de 15 centímetros de longitud y 3 centímetros de ancho, con una hoja monocortante afilada y con un borde romo al ángulo desgarrado en forma de cola de pez, que llevaba escondido en un jersey en el brazo izquierdo.

El cuchillo tenía el lado inferior afilado y en el superior una zona dentada de 4,5 centímetros. Tras intercambiar unas palabras, el acusado comenzó a gritar y la víctima caminó hacia el centro al que acudía pero el acusado continuó gritando y echó a correr tras ella.

La víctima, asustada, también salió corriendo intentando "en vano" zafarse del acusado que, tras darle alcance, al llegar a las columnas de la entrada del centro al que iba la mujer, sacó el cuchillo con la mano derecha y se lo clavó cuando ella subía el segundo escalón y se giraba hacia él. Tras la primera cuchillada, el acusado le propinó otras hasta alcanzar las cinco puñaladas.

Tras lo acaecido, la mujer falleció a la "media hora" de entrar en el centro hospitalario en el que fue atendida.

Mientras, el acusado tras cometer los hechos se dio a la fuga escondiendo entre los arbustos de un parque de la capital grancanaria el cuchillo y su ropa. Además, seguidamente y tras prepararse en una habitación que tenía alquilada huyó a la isla de La Gomera donde fue detenido días después por efectivos policiales.

Así, el acusado fue condenado en sentencia dictada por el Tribunal del Jurado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria como autor de un delito de asesinato, con las agravaciones específicas de alevosía y ensañamiento, a la pena de 24 años de prisión y como autor de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de un año de prisión, con la concurrencia de la agravante de parentesco en ambos delitos.

En esta sentencia también se le condenó a la prohibición de residir durante 25 años en Las Palmas de Gran Canaria, así como la prohibición de acercarse, durante el mismo tiempo, al padre y los hermanos de la víctima, en cualquier lugar donde se encuentren.

Sin embargo, esta sentencia fue recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que confirmó íntegramente la condena el 3 de julio de 2008. Posteriormente, y contra esta sentencia, el acusado recurrió ahora en casación, formulando un motivo por quebrantamiento de forma y otros dos por infracción de ley dando como resultado final la sentencia dictada por el TS en la que se le impone al acusado una pena de 19 años de prisión por delito de asesinato alevoso.