El Supremo reduce de 164.807 a 240 euros una multa al Canal de Isabel II por unos vertidos al río Tajo

Actualizado: lunes, 16 julio 2012 17:01

MADRID, 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha reducido de 164.807 a 240 euros una multa al Canal de Isabel II impuesta en septiembre de 2008 por el Ministerio de Medio Ambiente por supuestos daños causados al dominio público hidráulico por unos vertidos al río Tajo.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el Alto Tribunal estima el recurso de casación interpuesto por el Canal contra una sentencia, de octubre de 2009, dictada por la Audiencia Nacional. Así, anula el fallo y queda sin efecto.

Por ello, se anula la resolución impugnada en cuanto impuso a la entidad una sanción de 164.807,97 euros de multa y la obligación de indemnizar por los daños causados al dominio público hidráulico en la suma de 24.721,20 euros, por infracción grave. La sanción queda reducida a 240,40 euros de multa por la infracción leve cometida por esa entidad.

Se imputaba al Canal la comisión de la infracción grave por la realización de vertidos de aguas residuales urbanas al río Tajo, procedente de la EDAR de Aranjuez, incumpliendo la condición tercera de la autorización de vertido.

La sentencia recoge que la infracción imputada a la recurrente está contemplada en una norma con rango legal, "estando acreditado el incumplimiento de la condición III de la autorización de vertido, al superar los analizados el límite previsto en esa condición".

No obstante, señala que tiene razón la parte recurrente en su alegación de que con la sentencia de instancia se infringe el artículo 117 del TRLA al calificar como "grave" la infracción imputada cuando debe ser tipificada como una leve.