AMPL.- ETA.- Condenan a 4 años y 9 meses de prisión a los compañeros de Arpurz que atacaron una patrulla de Policía

Actualizado: miércoles, 17 marzo 2010 16:32

El presunto etarra no se presentó al juicio por estos hechos, por los que el fiscal pedía hasta 12 años de cárcel

MADRID, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años, nueve meses y un día de prisión a tres compañeros del presunto etarra detenido ayer en Francia, Joseba Fernández Aspurz, alias 'El Guindi', juzgados por unos incidentes de violencia callejera que tuvieron lugar en la noche electoral de las últimas generales en Pamplona. Otros dos jóvenes han sido absueltos.

Aspurz, que fue detenido anoche tras un tiroteo en el que murió un policía francés, no se presentó al juicio en el que debía haber comparecido junto a sus compañeros el pasado día 4, por lo que la Audiencia Nacional decretó su busca y captura. Tampoco se presentó Artzai Santesteban y las fuerzas de seguridad investigan su posible integración en ETA.

El tribunal ha condenado a Iñaki Marín Mercero, Iker Araguas Jusue y Xabier Sagardoy Lana a cuatro años, seis meses y un día de prisión por tenencia de aparatos explosivos o incendiarios con fines terroristas y a tres meses de prisión por el delito de desórdenes públicos con agravante de disfraz, en grado de tentativa. A los tres les absuelve del delito de atentado terrorista del que eran acusados.

Además, ha absuelto a Aritz Azcona Domínguez y a Luis Goñi Lara de los delitos de atentado terrorista, tenencia de explosivos terrorista y desórdenes públicos, de los que eran acusados, al no considerar probado que participaran en los hechos enjuiciados. El tribunal ordena su puesta en libertad, si no están en prisión por otra causa.

La Fiscalía solicitaba penas de 12 años de prisión para los cinco procesados por los delitos de atentado a miembro de la Policía de una comundiad autónoma, desórdenes públicos, tenencia y empleo de aparatos incendiarios.

Por estos mismos hechos ya fue juzgado Odei Ijurco, el único de los miembros de la 'kale borroka' que fue detenido la misma noche electoral, cuando una veintena de jóvenes planeó boicotear la jornada y atacó con artefactos explosivos a una patrulla de la Policía Foral navarra en el caso viejo de Pamplona, causando heridas a dos agentes.

El Ministerio Público ha pedido ya a los jueces Fernando Grande-Marlaska y Eloy Velasco que soliciten a Francia la entrega de 'El Guindi', por estos hechos y por otro ataque con cócteles molotov contra dos sucursales bancarias de la capital navarra el 13 de septiembre de 2009.

IBAN A QUEMAR CAJEROS

Según el relato de hechos probados, la noche del 8 de marzo de 2008 un grupo de 20 jóvenes se reunió para "alterar la tranquilidad de esa noche" electoral lanzando cócteles molotov contra algunos cajeros automáticos situados en el casco viejo de Pamplona.

Entre estos jóvenes se encontraban Iñaki Marín, Iker Araguas y Xabier Sagardoy, además de Odey Ijurco. La Fiscalía considera que también formarían parte de este grupo Joseba Fernández Aspurz y Artzai Santesteban.

Para llevar a cabo su acción, se repartieron guantes de látex y "al menos 18 bolsas" con botellas con sustancia explosiva inflamable y se taparon el rostro con verdugos, algunos confeccionados con mangas de camisetas agujereadas para evitar ser reconocidos. Según la sentencia, Marín y Araguas cogieron sendas bolsas, no así Sagardoy, que "debía encargarse de vigilar".

El grupo se dirigió al barrio viejo de la capital navarra, donde se encontraron con una patrulla de la Policía Foral. Al verlo, los jóvenes comenzaron a insultarles al grito de "hijos de puta" y "txakurrak" (perros) y algunos de ellos empezaron a lanzar los artefactos contra el vehículo policial, mientras que otros los arrojaron contra el suelo.

Tras el ataque, todos se dieron a la fuga, momento en que fue detenido Ijurco. Sus compañeros trataron de obstaculizar el arresto lanzando "todo tipo de objetos" contra los agentes, antes de lograr dispersarse.

LOS PROCESADOS DEJARON LAS BOLSAS EN EL SUELO

El tribunal considera suficientemente probado que Marín y Araguas participaron en los hechos y portaban las bolsas con los artefactos, pero afirma que "no consta acreditado que los lanzasen contra los policías". Ijurco fue condenado por la Audiencia a 5 años de cárcel por tenencia de explosivos, 6 años por atentado contra agente de la autoridad y otros 5 años por desórdenes públicos, aunque el Tribunal Supremo rebajó recientemente su pena de estos 16 a 10 años de cárcel.

Por lo que se refiere a los procesados que han sido absueltos, la Sala sostiene que está probado que Luis Goñi fue convocado para intervenir en estos hechos y se llegó a presentar en el parque en el que se habían citado, pero lo hizo "cuando todos los demás se habían ido" y aunque después se fue al barrio viejo, "cuando llegó, ya todo había ocurrido". Respecto a Aritz Azcona, no consta que interviniera en los incidentes.

En el juicio, Araguas y Marín reconocieron que acudieron a la cita con Ijurco porque, en principio, pretendían "dañar un cajero automático". Explicaron que de camino al centro, se encontraron con la patrulla de la Policía, pero aseguraron que dejaron "la botella" incendiaria en el suelo y se fueron "corriendo". "Yo siempre he tenido muy claro que no quería dañar a ninguna persona, por eso, cuando apareció la Policía me di la vuelta", relató Araguas.

Por su parte, Sagardoy aseguró que sólo se prestó voluntario para "vigilar" mientras atacaban un cajero, algo que no llegó a producirse.

En opinión del tribunal, las versiones de los procesados "concuerdan con las manifestaciones de los testigos miembros de la Policía foral" sobre la forma en que se produjeron los hechos.

Así, explica que las declaraciones de Marín y Araguas acerca de que dejaron los artefactos en el suelo para salir corriendo concuerda con la aparición de seis artefactos sin explotar, relatada por los testigos que hicieron la inspección ocular. Igualmente, indica que no hay pruebas para establecer otra intervención distinta de Sagardoy a la que él mismo reconoció en todas sus declaraciones.

El tribunal estima que la finalidad pretendida por los procesados, precisamente por la proximidad de la jornada electoral y "la ausencia de otra explicación, lleva a considerar probado que su objetivo "no era otro que alterar la tranquilidad ciudadana en la noche previa a las elecciones, alteración que pensaban llevar a cabo incendiando cajeros".

Así, considera que no está demostrado que pretendieran lanzar los artefactos contra los miembros de la Policía foral, ya que "no tenían previsto encontrarse con ellos". Esto conduce al tribunal a no estimar probado el delito de atentado terrorista que les imputaba la Fiscalía.