AMPL.- De Santos: "Sufrí una agresión sexual y conozco las secuelas, pero las que arrastren los menores serán por mentir

Actualizado: miércoles, 7 octubre 2009 16:25

El abogado asevera que los hermanos "pudieron autoprotegerse" porque "todos somos capaces de matar o mentir por un hermano"

PALMA DE MALLORCA, 7 Oct. (EUROPA PRESS) -

El ex concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Palma, Javier Rodrigo de Santos, aseveró hoy ante el tribunal que en su adolescencia sufrió una agresión sexual y conoce "cuáles son las secuelas", por lo que se planteó cuáles podrían ser las que les queden a los cuatro menores presuntamente abusados sexualmente por él "en la hipótesis de que me condenen y sabiendo ellos que no son ciertas sus acusaciones". "Tengo la conciencia tranquila", enfatizó el ex edil.

Así lo puso de manifiesto al hacer valer su derecho a la última palabra en el juicio donde ha sido juzgado por presuntos abusos sexuales a menores, donde incidió en que los supuestos episodios sufridos "no les han creado secuelas". "¿Pero y si mienten?", espetó el ex regidor asegurando que "sé que mienten y no sé por qué", unas declaraciones que efectuó instantes antes de que el presidente del tribunal de la sección segunda de la Audiencia Provincial, Juan Catany, declarase el juicio visto para sentencia.

En su intervención, De Santos recordó que tiene tres diligencias abiertas contra él aunque aseveró que "no me reconozco excepto en una" -en referencia a la relacionada con la malversación de caudales públicos en clubes de alterne masculinos y en la que se declaró culpable-, y respecto a la de los posibles abusos, aseveró que es "impensable que los realizase, menos aún en mi casa y delante de mis hijos, que me adoran". De hecho, manifestó que su letrado renunció al testimonio de su mujer en el juicio "por mis hijos, que sí tienen secuelas debido a todo esto".

También aprovechó su declaración para pedir disculpas a la sala por sus referencias "sin ánimo de ofensa al pueblo chileno" -tres de los presuntos abusados son de esta nacionalidad- y "si han sido malinterpretadas, no iban en ese sentido sino que me refería en un tono cordial a algunos de los hermanos pero no a su condición de chilenos".

Por último, recalcó que en el último año y medio ha declarado en diez ocasiones ante la Policía, los forenses y el juez, mientras que durante la vista "me ha correspondido dar el máximo número de datos objetivos posible, porque esta en cuestión mi verosimilitud y no sólo la de los menores".

Asimismo, recordó que cuando estuvo ingresado en prisión preventiva por esta causa, llamó a la madre de los tres afectados y recordó que ésta compareció a los quince días en el juzgado para decir que el ex edil se había puesto en contacto con ella "para pedir perdón por lo que estaban viviendo y advertirle de que lo que los hijos decían no era así". "Sé que no es así y tengo la conciencia tranquila y si no hay hechos, no hay delito", recalcó el ex concejal.

Momentos antes de que De Santos tomase la palabra, su letrado, José Ignacio Herrero, aseveró durante la exposición de informes finales que la declaración de las presuntas víctimas no son "requisito que pueda constituir prueba de cargo" y recriminó que se solicite una "pena elevadísima, superior a la de un asesinato", en relación a los 24 años de prisión que pide la Fiscalía. Tal y como recalcó, cualquiera de los tipos penales que se le atribuyen prescribe a los tres años y subrayó que la absolución de su patrocinado es en este caso "la única posibilidad posible".

En su intervención, aseveró que los hermanos pudieron "autoprotegerse" entre ellos para defender los abusos, ya que "todos somos capaces de matar o mentir por un hermano". "¿No es posible que se hubieran autoprotegido?", insistió el letrado, quien recordó además que de acuerdo a lo relatado por varios testigos "tenían miedo a denunciar por miedo a las consecuencias", por lo que aseveró que "la posibilidad existe ya que la literatura histórica está llena de actos mucho más infames que esto".

"LA ÚNICA PRUEBA ES LA CONTRADICCIÓN DE LOS MENORES"

Al hilo de lo anterior, el abogado recalcó que la prueba de cargo es la de cuatro hermanos que "se contradicen entre sí y no son capaces de precisar las fechas, y de ellos Emmanuelle es el más significativo, con una declaración absolutamente cambiada en el juicio".

Sobre la declaración de los padres, aseveró que "no han sido capaces de precisar los abusos sufridos", y sobre los funcionarios que también fueron interrogados -un psicólogo, una orientadora y uhna jefa de estudios- manifestó que "escucharon de los menores una narración pero nada más, lo que no es un elemento periférico que corrobore los hechos".

En torno a las periciales de los forenses, manifestó que se trata del primer informe que ha presenciado "con dudas respecto al testimonio de las víctimas, donde en los indicadores de veracidad hay más de inveracidad y que señalan contradicciones entre los sometidos a la pericia", apuntó el asistente legal de De Santos, aseverando además que la retirada de la atenuante analógica de drogadicción "crea indefensión" para el acusado, ya que "de saberlo hubiera aportado más pruebas que reforzasen esta circunstancia".

Cabe recordar que la Fiscalía rebajó hoy ligeramente su petición de pena para el ex concejal, para quien pide en su escrito de calificación definitivo 24 años de prisión, tres menos que los solicitados inicialmente, al tiempo que ha retirado la atenuante analógica de intoxicación por consumo de sustancias estupefacientes que concurría en todos los delitos mientras que ahora sólo aplica la atenuante analógica de embriaguez en dos de las presuntas infracciones penales cometidas por De Santos (contra la integridad moral y contra la salud pública).

De acuerdo al nuevo escrito, De Santos incurrió en cuatro delitos de abuso sexual (19 años y nueve meses de prisión), uno de corrupción de menores (nueve meses de cárcel) y otro contra la salud pública relativo a sustancias que no causan grave daño a la salud (tres años y medio de privación de libertad y multa de 120 euros).

El Ministerio público también solicita que la prohibición de que el acusado se acerque a cada víctima y sus familiares a una distancia inferior a 500 metros o se comunique con ellos a través de cualquier medio, por un periodo de tres años, en conformidad con el artículo 57 del Código Penal.