Blasco se opone a la separación de piezas del 'caso Cooperación' para evitar "pena de banquillo"

Actualizado: jueves, 25 abril 2013 19:20

La jueza mantiene la citación del ex jefe de gabinete de Blasco para determinar si cometió prevaricación y malversación de caudales


VALENCIA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

El diputado del PP en las Cortes y exconsejero de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, se ha opuesto a la separación de dos piezas dentro del 'caso Cooperación', procedimiento en el que está imputado, para evitar una posible "pena de banquillo" en más de una ocasión, así como "un más dilatado y gravoso juicio mediático", "mayores dilaciones" y "un mayor coste económico", según consta en un recurso interpuesto por el letrado de Blasco, al que ha tenido acceso Europa Press.

El letrado ha realizado estas alegaciones al auto dictado por la magistrada instructora del caso el pasado 12 de abril, que investiga presuntas irregularidades en la concesión de subvenciones a ONGs por parte de la extinta Consejería de Solidaridad, cuando estaba dirigida por Blasco.

En concreto, en este auto, la magistrada anunció la separación del procedimiento en dos piezas separadas: la primera, relativa a las subvenciones destinadas a la Fundación Cyes en 2008 --que será la que antes llegue a juicio--; y la segunda, que investiga, con carácter general, el desvío de fondos entre 2009 y 2011. El imputado Rafael Blasco aparece en las dos piezas.

Contra esta resolución, han presentado un recurso de reforma la mayoría de los imputados, entre ellos, Rafael Blasco, según ha podido saber Europa Press. Al respecto, su letrado recuerda que la ley permite dividir la causa "cuando existan elementos para hacerlo con independencia, y para juzgar a cada uno de los imputados, cuando sean varios", dando una exposición razonada y motivada a las partes del procedimiento.

Al respecto, el abogado entiende que en este auto, la magistrada no razonó ni fundamentó su decisión, por lo que entiende que la misma "está incursa en nulidad" por vulnerar el artículo 120.3 de la Constitución, en relación con su artículo 24.2, que establece la tutela judicial efectiva y la interdicción de indefensión. Además, insiste en que la ley permite romper la conexidad por juzgar por separada a cada uno de los imputados "pero en ningún caso romper la conexidad para abrir varias causas contra un mismo imputado en una única causa por todos ellos".

En este sentido, defiende que someter a un mismo imputado a diversos procedimientos para el enjuiciamiento de delitos conexos, si no se produce el sobreseimiento o archivo, "no solo le obliga a la duplicidad de trámites procesales tanto testificales como periciales", si no también "a la pena de banquillo en más de una ocasión".

Asimismo, --agrega-- supone "un mayor coste económico, el riesgo de que una primera sentencia condenatoria pueda influir en la primera, un más dilatado y gravoso juicio mediático, un mayor recorrido temporal para la cancelación de antecedentes penales".

AFECTACIÓN AL DERECHO DE DEFENSA

Junto a ello, el abogado expone que en estos casos, también podría haber una "grave" afectación del derecho de defensa "por cuanto queda afectado su derecho a ser juzgado por el juez predeterminado por la ley, así como su derecho a la prueba, una vez que testigos y peritos quedan condicionados y necesariamente influenciados tanto en su memoria como en su disposición por la anterior sentencia dictada", indica. Por otro lado, el letrado recurre el auto por "incongruencia omisiva", ya que la magistrada "ha prescindido de resolver y motivar anteriores recursos de distintas partes procesales".

Por todo, estima que en este caso concurre la vulneración de la tutela y el derecho de defensa de su representado --Blasco-- y los restantes imputados, al tiempo que también se infringen las garantías propias del proceso, "incurriéndose en nulidad y generando indefensión material". Así, solicita que se dicte una nueva resolución que deje sin efecto la formación de piezas separadas y mantenga un único procedimiento para la instrucción.

MÁS DELITOS A LLOPIS

Por otra parte, la magistrada, en otra providencia distinta, se ha referido a un recurso interpuesto por el abogado del ex jefe de gabinete de Blasco, Xavier Llopis, y ha acordado mantener para este viernes su citación como imputado para determinar su posible participación en la comisión de un delito de prevaricación y de malversación de caudales públicos. Llopis ya prestó declaración por este caso hace un par de semanas, y lo hizo por un posible delito de falsedad documental, en relación con dos expedientes de la Fundación Cyes.

En el recurso, el abogado de Llopis alegó que su nueva citación, para este viernes, es diferente a la anterior, el día 16 de abril: "la diferencia es que en la cédula de citación se expone claramente el motivo de la imputación, y en la providencia se omite ese punto tan fundamental para que no se vulnere el derecho constitucional a la defensa".

Al respecto, el letrado expone que la magistrada ya le advirtió en su primera declaración que en la comparecencia del Síndico de Comptes, Rafael Vicente Queralt, "se habían puesto de manifiesto ciertos datos que le implicaban en la comisión de otros delitos".

Este dato nuevo --indica el abogado en su escrito-- es "simplemente" la asistencia de Llopis a una reunión que se celebró el 22 de febrero de 2011 en la sede de la Sindicatura entre altos cargos de la consejería --Blasco, el exsubsecretario Alexandre Catalá, el ex director general de Cooperación, Josep María Felip-- y el Síndico de Comptes y el Síndico Mayor.

Por ello, entiende que "la simple asistencia a una reunión, con una intervención no significativa en la misma, no es constitutivo de ningún tipo penal, por lo que, no entendemos cómo se le cita a declarar en calidad de imputado". Por ello, pidió que se le retirase la nueva imputación y que no prestara declaración. La magistrada lo ha denegado.