Gürtel.- El Supremo dicta la octava prórroga consecutiva del secreto sobre su investigación a Bárcenas

Actualizado: miércoles, 17 marzo 2010 12:39

MADRID, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

El instructor del 'caso Gürtel' en el Tribunal Supremo, Francisco Monterde, ha vuelto a prorrogar por un mes más el secreto de las actuaciones abiertas por este órgano contra el senador y ex tesorero del PP Luis Bárcenas y el diputado del mismo partido Jesús Merino. Se trata de la octava prórroga consecutiva de secreto sumarial decretada por este órgano desde que decidiera asumir la investigación a los dos aforados.

El magistrado del alto tribunal justifica su decisión en el hecho de que aún subsistan las razones que motivaron la última prórroga del secreto el pasado mes de febrero, "entre las que destacan las necesidades de la instrucción, la naturaleza de los delitos perseguidos (cohecho y delito fiscal) y el carácter de las diligencias urgentes de prueba que se están practicando".

El Supremo alude también a la situación en la que se encuentra el procedimiento seguido contra otros presuntos integrantes de la trama 'Gürtel' ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que mantiene secreta la mayor parte del sumario con excepción de 17.000 folios correspondientes a la primera etapa de la investigación -la que realizó en su día el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón-, que fueron puestos a disposición de las partes el pasado mes de septiembre.

El Tribunal Supremo investiga a dos aforados nacionales implicados en este caso, a Luis Bárcenas por cohecho y delito fiscal y a Merino por el primero de ellos, después de que el instructor del caso en el TSJM, Antonio Pedreira, elevara exposición razonada tras encontrar indicios de delito contra ambos, que prestaron declaración como imputados provisionales el pasado mes de julio.

Al igual que hizo con ocasión de prórrogas anteriores, Monterde señala que el secreto de las actuaciones no está prevista como tal en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y, sin embargo, "el Tribunal Supremo ha reseñado que tal laguna no impide al juez de instrucción proteger el valor constitucional que justifica el secreto del sumario si el plazo ha resultado insuficiente para hacer efectiva plenamente esa protección".