La defensa de 5 mossos rechaza que les juzguen por tribunal popular

Empresario del Raval
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BARCELONA, 20 Dic. (EUROPA PRESS) 


La defensa de cinco de los mossos d'Esquadra imputados por la muerte del empresario del Raval Juan Andrés Benítez ha rechazado que el caso sea juzgado por el procedimiento del jurado popular porque para ello debe demostrarse que hubo dolo en la actuación de los agentes, cosa que el letrado "no entiende como ni tan siquiera remotamente".

En su recurso de reforma, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado José María Fuster-Fabra ha asegurado que el auto del titular del Juzgado de Instrucción 20 de Barcelona es de una "manifiesta insuficiencia" en el contenido argumental al no tener los elementos incriminatorios y no justifica por qué acciones u omisiones están imputados los mossos.

Tras el auto del 13 de diciembre, el letrado también alega que las defensas no han propuesto todavía prueba alguna al no tener determinada exactamente la causa de la muerte, "y máxime dada la indeterminación del informe final de la autopsia", y por todo ello pide el sobreseimiento del caso respecto a los agentes que representa y, en todo caso, la continuación del procedimiento por el trámite de las diligencias previas.

"Existe una escasa fundamentación y motivación del auto del 13 de diciembre --que optaba por la Ley del Jurado--, auto que entendemos se dicta porque se entiende que se ha cometido un delito contra la vida de Juan Andrés Benítez pero que dados los resultados de las pruebas practicadas entendemos debe ser reformado", argumenta.

Para la defensa, "el auto de acomodación al procedimiento de la Ley del Tribunal del Jurado solo se entiende si se ha cometido alguno de los delitos que contiene la ley" y si se considera que ha habido una actuación dolosa por parte de los funcionarios policiales.

"Con toda honestidad esta defensa, aun considerando que resulta absolutamente procedente continuar con la investigación, no entiende como ni tan siquiera remotamente pudiera hablarse de actuación dolosa", reflexiona.

Considera que en la actuación de los mossos no existe dolo porque actuaron según los protocolos, buscando la superioridad numérica para evitar mayores daños, propinando golpes de distensión y llamando con toda urgencia a los servicios médicos cuando quedó inconsciente.

Además, consideran que si uno de los factores que intervienen en la muerte de Benítez es el paro cardíaco, cabe preguntar "quién provocó esa noche mayor situación de tensión": los Mossos o la persona con la que se peleó previamente.

RELATO DE LOS HECHOS

En su recurso, la defensa alega que los Mossos acudieron a la calle Aurora del Raval el 5 de octubre por los avisos de los vecinos de que se estaba produciendo una pelea entre Benítez y otro vecino, porque el primero había amenazado y golpeado a su mujer e hijo.

Asegura que mientras los agentes trataban de aclarar lo ocurrido e identificar a los participantes, Benítez, que fue requerido por una agente para que no se marchara del lugar que se lo impidió con el brazo, "apartó bruscamente el brazo de la agente y sin mediar palabra la agredió, cogiéndola por los pelos, mordiéndole el brazo y sin soltarla", momento en que le redujeron.

Justifican la actuación con un número de cuatro agentes porque es más fácil reducir sin causar lesiones, y que solamente le dieron "golpes de distensión" para inmovilizarle y que no pueda producir daños.

"Frente a la resistencia y en una situación de superioridad en número, en todos los centros policiales del mundo se enseñan los golpes de distensión, serie rápida de golpes sobre los músculos rígidos con la finalidad de distenderlos", aseguran.