Almería.- Tribunales.- Marina de Agua Amarga estudia emprender acciones para evitar "la propagación de falsedades"

Actualizado: viernes, 17 marzo 2006 20:03

ALMERIA, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sociedad Marina de Agua Amarga ha remitido una carta a la organización Ecologistas en Acción en Almería en la que indica que está estudiando emprender acciones legales para "evitar la propagación de falsedades cuyo único objetivo es causar un perjuicio en sus legítimas aspiraciones empresariales" y, por otro lado, "obtener el resarcimiento de los muy cuantiosos daños y perjuicios ocasionados".

Según el escrito, al que tuvo acceso hoy Europa Press, la sociedad relata que en virtud del Plan de Protección del Medio Físico, vigente en su día, las normas subsidiarias de Níjar (Almería) aprobadas en año 1987 establecieron 133,45 hectáreas de suelo urbanizable para el sector que es propiedad de Marina de Agua Amarga desde hace 36 años.

A su vez, el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, de 1988, mantuvo la misma superficie urbanizable.

Señala que las actuales normas subsidiaras "no fueron redactadas por el estudio de Federico Echevarría, arquitecto de Marina de Agua Amarga, ni éste tuvo intervención en ello", sino que fueron elaboradas por "la sociedad Estudios Jurídicos y Financieros S.A., bajo la dirección del catedrático de Derecho Administrativo de reconocido prestigio Alfredo Gallego Anabitarte en virtud de un concurso público convocado por el Ayuntamiento de Níjar".

La sociedad rechaza, por tanto, las acusaciones en este sentido de Ecologistas en Acción y asegura que Federico Echevarría "nunca ha tenido relación profesional alguna con la mencionada sociedad ni ha existido por tanto la pretendida incompatibilidad", además de que "tampoco Marina de Agua Amarga ha tenido ninguna relación con el estudio redactor de las referidas normas".

Además, dice que en estas nuevas normas subsidiarias se han reducido de 133,45 a 48,25 las hectáreas urbanizables con el objeto de mejorar las condiciones medioambientales de la zona urbanizable del Parque. Es decir, sostiene que "la supuesta actuación favorable para Marina de Agua Amarga en realidad supuso un perjuicio consistente en la pérdida de dos terceras partes del suelo urbanizable".

Asimismo, se refiere al nuevo PORN y al Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de Cabo de Gata que "mantiene, una vez más, la misma superficie urbanizable que, lógicamente, se corresponde con el plan parcial definitivamente aprobado".

SENTENCIA FAVORABLE

Además, recuerda que el propio Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado urbanizables los terrenos de Marina de Agua Amarga contra una resolución interpuesta por la Consejería de Obras Públicas.

Sobre esta cuestión, traslada a Ecologistas en Acción que "sorprende el profundo desprecio que manifiesta contra las sentencias de los tribunales que no son de su agrado" y precisa a la organización que "el hecho de que la Junta de Andalucía no haya presentado recurso contra la sentencia dictada por el TSJA se debió a que contra la misma no cabe recurso alguno y no a la desidia o el interés espúreo de la administración".

Por último, destaca que la actuación urbanística que se pretende realizar en los terrenos propiedad de la sociedad "va a redundar en mejoras en las infraestructuras del municipio de Agua Amarga".

Asegura que la edificabilidad de la urbanización es muy baja, sólo una tercera parte de la permitida para usos turísticos en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y menos de la mitad que la media del resto de los sectores urbanizables del municipio, según se recoge en las normas subsidiarias de Níjar. Da a conocer que la densidad prevista por la citada ley es de hasta 75 viviendas por hectárea siendo en el sector de Marina de Agua Amarga de 7,3, es decir, inferior en más de diez veces.