Almería.-Tribunales.- TS rechaza la demanda de indemnización al Estado por un residencial de lujo en la costa de Cuevas

Actualizado: domingo, 22 junio 2008 14:14

ALMERÍA, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Estado no tendrá que indemnizar a la mercantil Bay Holland BV por las pérdidas económicas derivadas de la inviabilidad del proyecto 'Puerto Marques' en Cuevas del Almanzora (Almería), según una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que no considera acreditada la responsabilidad de la Administración en la erosión del litoral donde estaba previsto levantar la urbanización de lujo rebautizada como 'mini-venecia'.

En el fallo de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso, a la que tuvo acceso Europa Press, el tribunal "acepta" que se produjo "un grave proceso de subalimentación sedimentaria" en las playas de Quitapellejos y Fábrica del Duro donde la promotora de capital holandés "venía adquiriendo fincas" desde 1991 pero no considera probado el "daño real" al no poder ubicarlas "con precisión" en ausencia de deslinde por parte de la Dirección General de Costas.

Reconoce, asimismo, que tal y como alegó la mercantil, la construcción de la presa del Almanzora diez años antes "podría ser consecuencia de la degradación del litoral" pero desestima imputar a la Administración "incumplimiento" de sus deberes legales de protección del dominio público marítimo-terrestre y hace constar la tramitación de actuaciones públicas en la zona.

La sentencia enfatiza, no obstante, la "imprecisión" de la demanda de Bay Holland BV, a la que reprocha una causación "basada en conjeturas" y una reclamación de daños que tilda de "hipotéticos" ante las periciales que demuestran la "imposibilidad" de determinar si los hubo a consecuencia de la invasión del mar, además de, según ahonda, resoluciones administrativas que mantenían paralizado el proyecto urbanístico desde 1997.

En concreto, alude a una Declaración de Impacto Ambiental desfavorable emitida por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en 1995, que se fundamentó en la falta de un deslinde que permitiese conocer la superficie del dominio público marítimo-terrestre y la suspensión por parte del mismo órgano de la aprobación de la calificación de urbanizable contenida en las Normas Subsidiarias (NNSS) de Cuevas del Almanzora.

El fallo concluye que sería "conveniente señalar" que la empresa que fue sucedida por la mercantil Bay Dermeger SL "podría haber instado al ser parte interesada" la realización del deslinde que se autorizó en 2002 --pero revisado en noviembre de 2007 pese a que no consta en la sentencia--, así como que, por este motivo, el plan parcial del proyecto de ciudad lacustre "carece de base legal".

El proyecto, con más de 2.000 viviendas sobre 56 hectáreas, vendía que cada vecino podría llegar a la puerta de su casa en barco a través de canales artificiales, lo que supondría una inversión de casi 2.000 millones de euros. El alcalde de Cuevas del Almanzora, Jesús Caicedo, aseguró en su día de Puerto Marques que cuando estuviese acabada sería "la milla de oro del Mediterráneo". No habría, según sus palabras, "un sitio igual en este mar".