Anuncian querella criminal contra magistrados del tribunal que declara urbanizable el Algarrobico

Actualizado: martes, 25 marzo 2014 19:02

ALMERÍA, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

Salvemos Mojácar ha anunciado este martes la interposición de una querella criminal por presunta prevaricación contra los tres magistrados de la Sección Tercera de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que han dictaminado que el suelo del paraje de El Algarrobico sobre el que se construyó el hotel de Azata del Sol es "urbanizable".

Fuentes jurídicas del colectivo han explicado a Europa Press que la decisión responde a la posible existencia de ilícito penal en la adopción de la resolución, que entra en contradicción con el fallo dictado en 2012 por la Sección Primera del Alto Tribunal andaluz, que dictaminó en respuesta a un recurso de Greenpeace en el que no fue parte la promotora Azata que la zona era "espacio protegido no urbanizable".

En concreto, esta resolución anulaba parcialmente el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería) en vigor desde 2008 al considerar que dejaba la puerta abierta a reactivar el establecimiento con "uso turístico" y ordenaba retrotraer el nivel de protección al que gozaba en la normativa de 1994.

La sentencia hecha pública este martes por la Sección Tercera del TSJA concluye, sin embargo, que el sector ST-1 sobre el que se levanta el hotel era urbanizable en el PORN de 2004 al estar incluida en las zonas D2 o "suelos urbanizables cuyo desarrollo no resulta a priori contrario a los valores del espacio protegido".

La disparidad de criterio, que reconoce el tribunal, reside en la interpretación que ambos hacen de los planos del parque natural de Cabo de Gata recogidos en el PORN de 1994. Así, la sentencia de 2012 sostenía que la modificación de la planimetría que la Junta de Andalucía hizo en 1997 y por la que convertía el paraje en urbanizable "no tiene validez alguna" porque, según subraya, "no puede cambiarse el nivel de protección de un área con una mera condición de errores", que, además, "no reunía los requisitos mínimos".

Hablaba, asimismo, de "triquiñuela para hacer jugar a la inversa la jerarquización de los planeamientos urbanísticos, adaptando el PORN a las Normas Subsidiarias del municipio carbonero, lo que está vedado" y de que el Gobierno andaluz "pretendía dar solución a la existencia del hotel" con el PORN aprobado en 2008.

La sentencia hecha pública este martes descarta eue la Junta de Andalucía hubiera realizado "ninguna manipulación fraudulenta" en los planos del anterior PORN de 1994, lo que le lleva a mantener que la alteración realizada en los mismos para reflejar la zonificación de los terrenos como D2 "respondió a la necesidad de salvar el error que presentaba la cartografía inicialmente publicada, que los situaba en zonificación C1".

Las mismas fuentes han hecho referencia al cambio de sección y de ponente que se realizó tres días antes de la votación y fallo en este procedimiento, celebrada el 27 de febrero, que, a su juicio, "no se motivó", a lo que hay que sumar que "se notificó a los colectivos ecologistas después de que hubiese tenido lugar la deliberación".

Contra la decisión de cambiar la sección y ponente, lo que vulneraría las normas de reparto ya que el proceso se turnó con anterioridad a enero de 2011 a la Sección Primera, se presentó recurso tanto por parte de Azata como por parte de Greenpeace aunque "no ha sido contestado a los ecologistas".

En ese recurso, además, se alegaba indefensión ya que el citado cambio "incumple las normas de reparto por las que rige la sala de lo contencioso, por lo que se está vulnerando --añaden-- el artículo 24 de la Constitución por habernos privado de nuestro derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por ley".