Audiencia revoca la inhabilitación al alcalde de Lucainena al considerar que no negó información

Publicado: viernes, 16 marzo 2018 13:29

ALMERÍA, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Almería ha revocado la sentencia que condenó al alcalde de Lucainena de las Torres, Juan Herrera (PP), a tres años de inhabilitación para empleo o cargo público y le ha absuelto del delito contra los derechos cívicos por el que fue enjuiciado acusado de denegar información a la oposición entre los años 2012 y 2013.

El tribunal de la Sección Segunda considera en su fallo, consultado por Europa Press, que, al contrario de lo que se expone en la resolución condenatoria del Juzgado de lo Penal 2 "no resulta claro que la intención del acusado fuera impedir el derecho de información del concejal de la oposición ni que tal resultado impeditivo haya tenido lugar" y estima el recurso de apelación interpuesto por el regidor.

Remarca que de la documental obrante en autos así como de la testifical del secretario del Ayuntamiento se comprueba que "en lo concerniente a control de partidas presupuestarias, consta la denegación de dicha información mediante resolución notificada al solicitante, que era recurrible, señalándose en la misma la exposición de la documentación solicitada señalándose día y hora concretos".

"Disentimos del la sentencia en afirmar la obstaculización pues las resoluciones a las que alude previamente se habían calificado de solicitudes impertinentes, y dado que se reiteraron, se acordó día para exhibición", añade.

En relación con la petición de información sobre las tarjetas de crédito y extractos bancarios, la sentencia recoge que se dicta nueva resolución "declarando la improcedencia de la solicitud sobre contrato de los socorristas de la piscina municipal, operaciones con terceros presentado en la Agencia tributaria, por haberse realizado la petición de manera generalizada y sin motivación".

"Se dice en la sentencia que no consta la efectividad de la exhibición personal basándose en que no se acredita que el solicitante acudiere a esa cita para examinar expedientes pues no se hace constar por el secretario tal hecho. No podemos obviar que es la acusación quien tiene que acreditar que no se produjo la exhibición por causa imputable al acusado", subraya el tribunal, que ahonda que el secretario afirmó "que tanto la información de las tarjetas de crédito como la afectante a los socorristas se le dio".

La Sección Segunda añade la resolución denegatoria de la entrega de información "sin duda podría ser recurrida" y que podía "encontrar su adecuada resolución en el ámbito contencioso-administrativo". "Dicha vía no fue utilizada por el denunciante, que ha acudido directamente a la jurisdicción penal y, en este orden de ideas no es posible ignorar que el principio de intervención mínima", concluye.

Herrera ha trasladado en un comunicado su "satisfacción" y ha demandado al portavoz del grupo municipal del PSOE, Salvador Rivas, que pida "perdón por el daño causado a mi familia y a mi persona" con "falsas acusaciones que ha hecho con el único fin de causar dolor".

Además, se ha referido también al portavoz del PSOE en la Diputación, Juan Antonio Lorenzo, quien ha pedido su dimisión al presidente del PP, Gabriel Amat, y ha indicado que espera que ahora "rectifique si tiene dignidad de igual modo que su compañero en Lucainena". "Estos meses han sido duros para mí y para mis seres más cercanos", ha concluido.

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