Declaran Amat y dos de sus concejales por el caso 'La Fabriquilla'

Actualizado: lunes, 17 noviembre 2014 8:28
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ALMERÍA, 17 Nov. (EUROPA PRESS) -  

   El alcalde de Roquetas de Mar (Almería), Gabriel Amat, y dos concejales de su equipo de gobierno declaran este lunes en calidad de imputados ante la juez instructora del caso 'La Fabriquilla', que investiga la concesión de la licencia para construir diez chalés en una finca homónima del municipio.

   Amat está citado, junto a los ediles Francisca Toresano y Antonio García, a partir de las 10,00 horas en la sede del Juzgado de Instrucción número 1 para la segunda jornada de la ronda de declaraciones que ordenó la magistrada en una providencia dictada el pasado 16 de octubre.

   El viernes, la juez María del Mar Alejo tomo declaración, también en calidad de imputados, a los concejales del equipo de gobierno Pedro Antonio López, Juan José Rubí, José Juan Galdeano y el exedil Francisco Martín. Para el día 24, está señalada la comparecencia, también como imputados, tanto del jefe de la Sección de Infraestructura Urbanística como del jefe de Planeamiento Urbanístico del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.

   La providencia que acordaba esta ronda de declaración se avino a la petición de práctica de diligencias por parte de las acusaciones y a las que no se opuso el Ministerio Fiscal en el marco de la causa penal incoada para investigar si se produjo un presunto ilícito penal en la concesión de esta licencia de obras.

   La causa se inició en enero de 2012 después de que el Ministerio Público considerara que debía ser investigado el acto administrativo por el que se autorizó "de una forma no legal" la obra en una zona donde "no se podía autorizar". En concreto, se trata de una parcela en la Unidad de Ejecución UE-109.

   En el marco de la instrucción ya prestó declaración como imputado en octubre de 2013 el entonces concejal de Urbanismo, José María González, quien tenía delegadas las competencias en esta materia. Trasladó a la jueza que la licencia se concedió por "acuerdo de comisión de gobierno" y "sin ningún reparo" por parte de los "servicios técnicos y jurídicos".

   En concreto, el informe jurídico de 7 de mayo de 2007 concluyó que "procedía la concesión de la licencia" mientras que el informe de la oficina técnica de 4 de mayo de 2007, cuyo responsable también debe declarar, se pronunció de manera "favorable" al "cumplir los parámetros establecidos en el PERI 1/09".

   En esta línea, argumentó que los citados informes preceptivos de estos servicios no "advirtieron de una supuesta irregularidad" y que se sometió primero a "comisión de urbanismo" para ser aprobada con posterioridad "por la junta de gobierno en base" a estos informes.

SENTENCIA DEL TSJA

   La corporación local acordó en pleno la aprobación de la modificación puntual de la parcela 11 incluida en el Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de la UE-109, que se promovió a instancia de la sociedad Hortiagrícola S.L. La citada modificación cambió el uso del suelo de comercial a residencial --urbano consolidado-- y sobre este se levantaron los diez chalés.

   El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anuló en un fallo dictado en noviembre de 2011 este acuerdo por no ser ajustado a derecho. El fallo, que estimaba el recurso que interpuso la Junta de Andalucía, recogía en los fundamentos que "difícilmente" podía considerarse suelo urbano consolidado "aquel que precisamente está sujeto a operaciones integrales de reforma interior para crear una superficie residencial en el Plan Especial que se modifica".

   La sala de lo contencioso-administrativo decretó la nulidad del acuerdo de pleno ya que se vulneraban en su aplicación los artículos 17 y 36 de la LOUA "al incumplir con el estándar tanto de reserva de plazas para aparcamientos como de cesión de suelo dotacional público" o espacios verdes. Sostenía el Alto Tribunal, además, que alteraba "el equilibrio entre el equipamiento comercial y la población prevista para el lugar".

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