Junta autoriza recoger un máximo de cinco kilos de setas por persona al día al inicio de la campaña micológica

Actualizado: miércoles, 1 julio 2015 20:25

ALMERÍA, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta andaluza en Almería ha informado este viernes de que está autorizada la recogida de pequeñas cantidades de setas en los terrenos forestales de la provincia, de manera que en ningún caso podrá exceder de cinco kilos por persona y día, y siempre que las setas sean para autoconsumo, de modo que para ello no es necesario solicitar ninguna autorización a la Delegación Territorial.

El delegado territorial de Medio Ambiente en Almería, José Manuel Ortiz, ha precisado en una resolución que la recogida no debe conllevar la alteración de la capa superficial del suelo, por lo que se prohíbe expresamente el empleo de herramientas como rastrillos, escardillas, azadas u otros utensilios que remuevan el mantillo y producen daños en el micelio de los hongos, lo que puede impedir la aparición de nuevos ejemplares en el futuro.

En una nota, la Junta ha advertido que tampoco se permite la recolección de setas inmaduras, por lo que deberán respetarse las no comestibles, las que no se conozcan o no vayan a recolectarse por estar en mal estado o pasadas, ya que todas ellas desempeñan una función ecológica muy útil.

En la resolución se precisa también la prohibición de recoger setas en horas sin luz y, por tanto, no está permitido el empleo de linternas ni otras fuentes de luz artificial. Para el depósito de las setas, se utilizarán cestas u otros elementos de transporte que permitan la aireación y dispersión de las esporas.

La recogida en los montes públicos almerienses pertenecientes a la Junta de Andalucía será gratuita, salvo que expresamente se advierta de lo contrario o vaya a celebrarse próximamente una batida o montería. En los montes públicos pertenecientes a ayuntamientos serán también de aplicación las disposiciones municipales, al igual que en los terrenos particulares la recogida precisará la autorización de sus propietarios.

A los aprovechamientos dentro de los espacios protegidos les será además de aplicación lo dispuesto en su normativa específica. No está permitida la circulación de vehículos campo a través, perturbar a la fauna con ruidos o aproximaciones, ni abandonar residuos en el monte. El incumplimiento de este condicionado constituirá una infracción administrativa que dará lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador y al decomiso de las setas recolectadas.

Esta autorización --con vigencia hasta marzo de 2015--, según se precisa en la resolución del delegado, se emite solo a efectos ambientales y no exime de obtener otros permisos o licencias que sean necesarios por razón de propiedad o de la aplicación de otras normativas sectoriales.

La recolección de setas al margen de las normativa vigente y sin autorización para ello, está tipificada como infracción en la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres. El incumplimiento de las prohibiciones establecidas en dicha Ley supone una infracción considerada como leve, y las sanciones pueden acarrear multas que oscilan entre 60 y 601 euros.