Tribunales.- Absuelto el vecino de Níjar acusado de quemar la casa de su novia e imponen 22 meses por amenazas

Actualizado: domingo, 12 abril 2009 14:38

ALMERÍA, 12 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a F.B.G.A., un hombre de 52 años y vecino de Campohermoso (Níjar, Almería), como autor del incendio que en abril de 2008 arrasó el inmueble en el que vivía su pareja sentimental aunque lo ha condenado a 22 meses de prisión por quebrantar "de mutuo acuerdo" la orden cautelar de alejamiento que pesaba sobre él y amenazar a la mujer horas antes de que se declarase el fuego en la vivienda mientras ella estaba en su puesto de trabajo, en una residencia geriátrica del municipio.

La sentencia de la Sección Tercera, a la que tuvo acceso Europa Press, estima que no existe ni siquiera "prueba indiciaria" que permita achacar a F.B.G.A. el haber provocado el incendio ya que ni uno sólo de los testigos que depusieron durante el acto de juicio oral le situó en el interior de la vivienda entre las 10,00 horas del día 9 y las 00,40 horas del día 10 al tiempo que uno de los agentes de la Guardia Civil que elaboró el atestado no descartó que el origen fuera una colilla mal apagada en el sofá del salón.

Concreta, en esta línea, que pese a que el fiscal solicitó en el trámite de informes la imposición de una pena de 13 años de prisión por el citado delito, la prueba desplegada en la vista resultó "insuficiente" para preservar la presunción de inocencia ya que el vecino que aseguró que había visto aparcado el vehículo del procesado frente de madrugada frente al inmueble matizó ante la sala que vio un turismo "de la misma marca" mientras que uno de los policías locales que intervino para sofocar el incendio confirmó que las llamas ya se habían expandido cuando se cruzaron con él dos calles para allá del domicilio.

El número 52 de la calle Murcia de Campohermoso se vio afectado por un incendio que se declaró en un sofá del salón de la vivienda y se propagó de "forma rápida" como una lengua de fuego que rompió los cristales de una de las ventanas y obligó a evacuar por precaución a los residentes en las viviendas unifamiliares colindantes.

El fallo de la Audiencia Provincial, contra el que se ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS), sí reprocha a F.B.G.A. el que, pese a ser "perfecto conocedor" de que pesaba sobre él una orden cautelar de alejamiento dictada por el Juzgado de Violencia contra la Mujer número 1 de Almería un mes antes, en la que se le prohibía comunicarse y aproximarse a su novia --M.M.-- a menos de 200 metros, decidió ignorarla y visitar a la mujer en su domicilio además de llamarla por teléfono al trabajo.

A las 21,00 horas del día 9 de abril, el procesado, que ha sido puesto en libertad tras permanecer casi un año en prisión, mantuvo, según considera probado el fallo, una discusión con M.M. a la puerta del domicilio que solían compartir junto al hijo menor de ella. Él le pidió que acudieran juntos, precisamente, al juicio que debía celebrarse en sede judicial para dirimir la causa de que derivó la orden de alejamiento, y al negarse, le amenazó con la frase: "te vas a ver en la calle".