Tribunales.- La Junta recurrirá la vuelta de una niña con su padre porque considera que sería perjudicial

Actualizado: sábado, 9 mayo 2009 19:12

ALMERÍA, 9 May. (EUROPA PRESS) -

El delegado provincial de Igualdad y Bienestar Social de la Junta en Almería, Luis López Jiménez, anunció hoy que recurrirá la vuelta de una niña de seis años con su padre biológico al considerar que ocasionaría a la menor "un grave perjuicio", en cuanto a la sentencia que la Audiencia Provincial de Almería declaró firme ayer que obliga a la Junta de Andalucía a retornar con su padre biológico, David C.

En declaraciones a Europa Press, López afirmó que la Junta de Andalucía va a recurrir la sentencia de la Audiencia Provincial puesto que se ha producido "un error en la notificación" de la misma, y que "no es la primera vez que pasa". Tal y como explicó el delegado, el plazo de recurso no comienza hasta que la sentencia no sea remitida por la Consejería al gabinete jurídico de la Junta.

Del mismo modo, a pesar de no poder dar a conocer "datos concretos" del expediente de David C., López afirmó que desde el primer momento cuando en 2006 se decidió que la menor fuera dada en acogimiento familiar preadoptivo "no es un capricho del delegado ni de los técnicos".

En este sentido, el delegado manifestó que este tipo de decisiones "están muy estudiadas", dado que es un proceso "que afecta mucho al menor", por lo que "siempre se intenta que vuelva con la familia". "Pero en este caso --afirmó--, tras haber estudiado de nuevo la situación del padre, se considera que no varían sus circunstancias", así que si se ejecuta la sentencia será "un grave perjuicio para la niña".

"Los hijos no son propiedad de los padres", afirmó López, por lo que aclaró que "la Consejería tiene la obligación moral y legal de buscar el interés superior del menor".

La Audiencia Provincial de Almería declaró ayer firme la sentencia que obliga a la Junta de Andalucía a retornar con su padre biológico, David C., a una niña de seis años que fue dada en acogimiento familiar preadoptivo después de la que la Administración no formalizase el recurso extraordinario anunciado ante el Tribunal Supremo (TS) ante un fallo contra el que alegaba que la pequeña había logrado la estabilidad con su nuevo núcleo familiar.

La providencia de la Sección Segunda, dictada el pasado día 5, considera desistido el escrito de casación preparado el 26 de marzo por la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social y da vía libre para que se pueda ejecutar el fallo de manera definitiva.