La banca advierte de "efectos perversos" del impuesto sobre depósitos, que puede derivar en "deslocalización"

Actualizado: domingo, 7 noviembre 2010 12:40

SEVILLA, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Española de Banca (AEB) ha advertido de los "efectos perversos" para la economía andaluza que puede traer el impuesto sobre depósitos de entidades de crédito aprobado en Andalucía, como "el encarecimiento del crédito y la penalización del ahorro", de forma que, a su juicio, "como consecuencia de todo ello podrían producirse movimientos de deslocalización de los depósitos".

Fuentes de la AEB indicaron a Europa Press que además, desde el punto de vista del principio de unidad de mercado, este impuesto, contemplado en el proyecto de presupuestos de la Comunidad para 2011, "puede producir distorsiones geográficas, así como alteraciones en la actividad y el negocio de las entidades financieras".

Ya en ocasiones anteriores, la AEB ha advertido de la "ineficiencia desde la perspectiva económica" que supondrá la creación del impuesto de depósitos aprobado por la Junta de Andalucía, e insistió en que dicho gravamen generará "distorsión" en los mercados.

Fuentes de la AEB indicaron entonces a Europa Press que este impuesto "pueden encarecer el crédito y afectar y penalizar la capacidad de ahorro al provocar que los depósitos estén peor remunerados".

La AEB, que es una asociación profesional formada por la práctica totalidad de los bancos españoles y extranjeros que operan en España, recordó asimismo que el impuesto sobre depósitos planteado en Extremadura "está recurrido al Tribunal Constitucional".

EL IMPUESTO ANDALUZ

El nuevo impuesto sobre depósitos de clientes, que será de aplicación a partir del 1 de enero de 2011, se aplicará a las entidades de crédito con oficinas en Andalucía a través de una tarifa en tres tramos sobre la base integrada por el valor de estos depósitos: 0,3 por ciento si son inferiores a 150 millones de euros; del 0,4 por ciento si se sitúan entre 150 y 600 millones, y del 0,5 por ciento para los que superan los 600.

Las entidades deberán soportar íntegramente este impuesto y queda expresamente prohibida su repercusión sobre los clientes. No obstante, la medida incluye deducciones por, entre otros motivos, la existencia de domicilio social en la comunidad autónoma; número de oficinas en la región; obra social, y concesión de créditos y préstamos a proyectos que se desarrollen en el marco de la Estrategia para la Economía Sostenible.