Empresarios condenados por delito contra derecho de temporeras recurren al ver los hechos como falta

Actualizado: domingo, 16 febrero 2014 11:03

HUELVA, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -

Los tres empresarios agrícolas --J.A.V.P., F.A.V.P. y F.V.Z.,-- condenados por el Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva a tres años y un día de prisión para cada uno por un delito contra los derechos de los trabajadores por imposición coactiva de condiciones laborales con violencia e intimidación contra 24 trabajadoras extranjeras y a un trabajador, de distintas nacionalidades, --contratados para trabajar en una finca propiedad de uno de los condenados--, han recurrido la sentencia ante la Audiencia Provincial al considerar que los hechos que se declaran probados pueden describir "una situación desagradable, una falta como mucho, pero nunca un delito".

Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, a su vez consideran que la principal prueba de cargo, el vídeo con las testificales, "se ha producido sin los requisitos legales por lo que no es válida".

Las defensas de estos empresarios mantienen que esos hechos "ni tan siquiera han sido debidamente acreditados, ya que las declaraciones son ambiguas y contradictorias, prestadas en una situación de conflicto laboral y con finalidades ajenas al Derecho Penal".

Del mismo modo, entienden que la sentencia obvia numerosos documentos oficiales de la Seguridad Social e incluso un informe de la Inspección de Trabajo, que acreditan que la empresa cumplía con todas sus obligaciones sociales y laborales.

El pasado mes de mayo estos empresarios fueron condenados a tres años y un día de prisión para cada uno por un delito contra los derechos de los trabajadores por imposición coactiva de condiciones laborales con violencia e intimidación, y absueltos de 25 delitos contra la integridad moral, de los cuatro delitos de acoso sexual, de las dos faltas de amenazas y de maltrato a estos trabajadores.

La jueza decidió imponer además de las penas de prisión, el pago de 2.190 euros para cada uno al considerar probado que, puestos de común acuerdo, en los primeros meses de 2009 cometieron estos hechos contra estas personas.

Cabe recordar que durante la primera sesión del juicio, que se celebró el pasado mes de marzo, los acusados negaron los hechos y los letrados de los condenados solicitaron la suspensión del mismo ante la falta de testigos, que no fueron localizados, sin embargo el Ministerio Fiscal y la juez se negaron a ello, tras dos suspensiones en octubre de 2011 y abril de 2012, dando por válidas estas declaraciones.

La Fiscalía, por estos hechos, solicitó 30 años de prisión para cada uno por estos delitos, así como el pago de 1.140 euros por las faltas de maltrato de obra y de amenazas, sin embargo, finalmente la juez rebajó la pena hasta los tres años por un delito contra los derechos de los trabajadores, absolviéndolos de los demás.

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