Huelva.- Tribunales.- Admitido a trámite el recurso Contencioso del Ayuntamiento de Punta Umbría para revocar el POT

Actualizado: miércoles, 25 enero 2006 14:46

HUELVA, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el recurso que el Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) interpuso para impugnar la resolución de la Consejería de Obras Públicas por la que los planes generales del municipio debían supeditarse al Plan de Ordenación del Territorio (POT) del Litoral Occidental.

En el auto del TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala resuelve, tras las alegaciones presentadas por la Junta de Andalucía que manifestaban que "no cabía recurso contra un acto de trámite no susceptible de impugnación", que "no concurre causa de inadmisibilidad para la estimación de la alegación previa".

La Sala argumenta que, "sin necesidad de entrar en las consideraciones que constituyen las razones de la impugnación y cuyo examen requiere un estudio en profundidad una vez completado el debate, en los escritos remitidos por la Junta se incorpora una medida de cautela que, de manera patente, pudiera producir perjuicios irreparables a los interesados".

Por ello, decide admitir a trámite el recurso presentado por el Ayuntamiento de Punta Umbría "sin perjuicio de lo que resulte al tiempo de pronunciarse sentencia", al tiempo que da traslado a la Junta para que conteste a la demanda de Punta Umbría, si bien advierte de que "contra el presente auto no cabe recurso alguno".

El Ayuntamiento de Punta Umbría presentó el pasado 3 de mayo en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA un recurso para la revocación de la resolución de la Consejería de Obras Públicas, en la que supedita la aprobación de los PGOU al Plan de Ordenación del Territorio (POT) del Litoral Occidental de Huelva.

El Ayuntamiento puntaumbrieño recordaba entonces que, con esta resolución, emitida el pasado 3 de marzo por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, esta Administración pretende anular "la tramitación de las innovaciones de los instrumentos de planeamiento correspondientes a los municipios incluidos en el ámbito del POT, en el que se encuentra el municipio de Punta Umbría".

En el escrito presentado, el equipo de Gobierno del Consistorio de Punta Umbría consideraba que esta resolución ocasiona "perjuicios de difícil, por no decir imposible, reparación para el Ayuntamiento y el pueblo de Punta Umbría" y recordaba que "la suspensión de los acuerdos de las entidades locales es sólo potestad de los tribunales".

De la misma forma, argumentaba ante el TSJA, además, que "se quebranta la autonomía municipal en la ordenación de su territorio", al tiempo que enumeraba los "perjuicios más evidentes que acarrea el POT para la localidad, tales como el impedimento de amarre de barcos en la ría, de la construcción de viviendas sociales a pesar de la creciente demanda en esta localidad por dicho tipo de viviendas y de un mínimo desarrollo urbanístico sostenible del municipio".

El recurso también se hacía eco del "silencio administrativo con el que se ha topado" cuando previamente, el pasado 23 de marzo, presentó en la Consejería de Obras Públicas y Transportes un requerimiento contra le resolución publicada por la Junta de Andalucía 20 días antes.

En este sentido, el Ayuntamiento, como recogía el documento presentado a trámite en el TSJA, "se encuentra en una situación de indefensión, motivo por el cual solicita la suspensión del POT y, en cualquier caso, espera una medida cautelar apoyado en la legislación vigente".