El juzgado reconoce el derecho de dos trabajadoras de Huelva al cobro de la paga extra sin prorratear

Bar con Veladores en una calle del centro de Huelva, en una imagen de archivo
Bar con Veladores en una calle del centro de Huelva, en una imagen de archivo - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 25 septiembre 2019 16:12

HUELVA, 25 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 3 de Huelva ha condenado a una empresa del sector de la hostelería a pagar la paga extra sin prorratear a una de sus empleadas tras la denuncia interpuesta por ésta. Asimismo, el juzgado se pronunció en esta misma línea tras la denuncia de otra empleada de esta empresa por este mismo extremo y están a la espera de juicio para la tercera de las denunciantes, según ha informado a Europa Press el sindicato CCOO, que espera que el juzgado dé también la razón a esta trabajadora.

Así, según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que no cabe recurso, no queda acreditado por parte de la empresa que, en virtud del acuerdo de prorrateo de las pagas, las abonaba de modo anticipado, por lo que "no se estima la concurrente de duplicidad invocada por la patronal". Por ello, condena a la empresa al pago íntegro de las pagas de beneficio y julio de 2016, siendo el importe total a pagar de 1.225 euros para la empleada.

De este modo, en un comunicado el sindicato CCOO ha señalado que se trata de una sentencia "pionera", que ha valorado "muy positivamente" porque las dos trabajadoras han conseguido cobrar las pagas extras en las partes correspondientes sin el prorrateo de las mismas y una trabajadora más está a la espera de juicio el próximo mes de noviembre.

El sindicato ha explicado que "varias trabajadoras, entre ellas la delegada sindical, Beatriz Rojo, solicitaron a la empresa el cobro a partir de enero del 2016 de las tres pagas extras, como venían recogidas en el convenio, sin prorratear, pero la empresa, en vez de abonar la paga íntegra en abril, liquidó solo la parte proporcional de los meses trabajados, de enero a abril, lo mismo hizo con la paga extra de julio y solo abonó íntegramente la paga de diciembre".

Para CCOO, "esta sentencia pone fin a una práctica habitual en el sector que se producía cuando los trabajadores solicitaban el cambio a la hora de abonar las pagas extras del prorrateo al cobro íntegro de las mismas".

Beatriz Rojo, delegada de CCOO, ha afirmado que "la empresa defendía que solo debía abonar la parte proporcional de las pagas a pesar de que en reiteradas ocasiones les manifesté que con esa forma de calcular nos estaban adeudando más de mil euros pero no sirvió para nada". "Ahora tenemos una sentencia que nos da la razón y obliga a la empresa a liquidar lo adeudado", ha proseguido.

Para el sindicato esta sentencia es muy importante porque "un gran número de empresas que cuentan con departamentos de Recursos Humanos, como las gestorías que se encargan de la parte laboral de algunas empresas, liquidan de forma incorrecta las pagas extras, cuando los trabajadores solicitan el cambio del prorrateo al cobro íntegro de las misma".

Por último, CCOO ha remarcado "que es un derecho y por tanto una opción de los trabajadores elegir el pago íntegro o prorrateo de las tres pagas extras".

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