La viabilidad de Desarrollo del Condado de Huelva depende del contrato de ayuda a domicilio, señala la Cámara de Cuentas

El presidente de la Cámara de Cuentas, Antonio López, en comisión parlamentaria, en una imagen de archivo.
El presidente de la Cámara de Cuentas, Antonio López, en comisión parlamentaria, en una imagen de archivo. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: lunes, 16 diciembre 2019 13:59

HUELVA, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha llevado a cabo una fiscalización de regularidad, que ha supuesto una auditoría financiera y de cumplimiento de la Sociedad Mercantil Desarrollo del Condado, SA (Deconsa) del ejercicio 2017, de la que ha señalado que "las cuentas anuales expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera", aunque ha advertido de que "la Memoria de Cuentas Anuales no informa de que la viabilidad económica de la empresa depende de que la Diputación Provincial de Huelva le otorgue el contrato para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio que, a la fecha de emisión de este informe, se encuentra en fase de preparación".

La Cámara de Cuentas ha dado cuenta de la auditoría financiera y de cumplimiento de la Sociedad Mercantil Desarrollo del Condado a través de una nota de prensa, de la que ha apuntado la mencionada salvedad sobre su dependencia de la adjudicación de un contrato.

"Esta situación supone una incertidumbre al existir dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar su actividad, según el principio de empresa en funcionamiento", ha indicado la Cámara de Cuentas.

Deconsa se constituyó como sociedad anónima en Bonares (Huelva) el 1 de diciembre de 1993, desarrolla sus actividades en la zona del Condado de Huelva, la única titular del capital social de la empresa es la Mancomunidad de Desarrollo del Condado de Huelva y su actividad principal, tras la ampliación de su objeto social en 2008, es la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio y servicios complementarios a la Diputación de Huelva.

Según la Ley de Sociedades de Capital, Deconsa está obligada a formular las cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio, precepto que incumple la sociedad, que formuló las cuentas correspondientes al ejercicio 2017 con fecha 29 de junio de 2018, el mismo día de su aprobación por la Junta General de Accionistas.

El organismo de fiscalización externa ha indicado que, excepto por los incumplimientos descritos a continuación, las actividades, operaciones presupuestarias y financieras, y la información reflejada en los estados financieros del ejercicio 2017 de la Sociedad Mercantil Desarrollo del Condado resultan conformes en todos los aspectos significativos con la normativa aplicable a la gestión de los fondos públicos.

Sobre los incumplimientos de la Sociedad Mercantil Desarrollo del Condado, la Cámara de Cuentas ha indicado que "la sociedad no tiene aprobadas unas instrucciones internas de contratación, siendo éstas de obligado cumplimiento para los poderes adjudicadores que no sean Administración Pública", según el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La Cámara de Cuentas indica que "Deconsa dispone de un registro de proveedores con los que poder contratar, siendo requisito para formar parte de éste la calificación de capacitado. Esta calificación se obtiene habiendo trabajado durante más de un año con la sociedad sin incidencias significativas", por lo que ha asegurado que "de esta forma, la sociedad restringe el derecho a la salvaguarda de la libre competencia" recogida en la Ley de Contratos del Sector Público.

La Cámara de Cuentas relata que la sociedad presta servicios de organización de talleres de teatro, ludoteca y risoterapia a dos asociaciones de mujeres (Asociación Cruz Chiquita y Asociación de Mujeres Abril), por los cuales factura a estas entidades 26.858,36 (6.443,50 y 20.414,86 , respectivamente), actividades que se financian íntegramente con dos subvenciones concedidas a estas asociaciones por el Instituto Andaluz de la Mujer por idéntico importe, y de las que ha indicado una imputación porcentual de las retribuciones ordinarias del personal por 12.712 euros, el 47% del importe de las subvenciones y que no ha facilitado documentación adicional sobre la adecuada imputación de estos conceptos e importes.

La Cámara de Cuentas pone de manifiesto que "no se ha podido comprobar que el acceso del personal de estructura de Deconsa se haya realizado cumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad", establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía, y en el propio texto del convenio colectivo aplicable.

Otros aspectos que no afectan a la opinión como que "el 100% de los contratos de la sociedad son menores y, si bien en ese ejercicio no era de obligado cumplimiento, no se solicitan diferentes ofertas para su valoración", así como que Deconsa "formaliza con profesionales para la realización de talleres y cursos" y se han observado errores de carácter formal.

La Cámara de Cuentas ha indicado que "Deconsa no dispone de una clasificación de los puestos de trabajo de acuerdo con las necesidades de los servicios, como establece el Convenio Colectivo de la Mancomunidad".

Sobre las recomendaciones de control interno, la Cámara de Cuentas ha trasladado que "recomienda que Deconsa mejore sus sistemas de control interno en preparación y formalización de la documentación contractual de la Sociedad", así como ha indicado que "sería conveniente que el reglamento que regula la bolsa de trabajo del Servicio de Ayuda a Domicilio recogiese un precepto que expresase los medios que se deben utilizar para cumplir el principio de publicidad, ya que la práctica general es que la mencionada bolsa se publicita en redes sociales, así como en prensa, televisión y radio provinciales".

Leer más acerca de: