Cuatro años de cárcel al exedil de Marbella que estuvo fugado por el caso Malaya

Actualizado: martes, 18 noviembre 2014 17:33
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MÁLAGA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

   La Audiencia de Málaga ha condenado por el caso 'Malaya' a cuatro años de prisión y 21 de inhabilitación especial para empleo o cargo público al exedil de Marbella (Málaga) Francisco Javier Lendínez, que estuvo casi cinco años fugado. Se le condena por un delito continuado de cohecho pasivo para acto injusto no realizado, fraude y prevaricación administrativa en relación con un convenio.

   El Tribunal, el mismo que juzgó el caso 'Malaya', contra la corrupción en Marbella, acuerda también que el acusado indemnice al Ayuntamiento marbellí, de forma conjunta con otros procesados ya juzgados, como el presunto cerebro de la trama, Juan Antonio Roca y el exalcalde Julián Muñoz, con 1,3 millones de euros, según la sentencia de 288 folios, a la que ha tenido acceso Europa Press.

   El juicio se celebró para él en junio pasado, ya que cuando fueron juzgados el resto de acusados de esta macrocausa, el exconcejal se encontraba en paradero desconocido. Tiene varias condenas a penas de prisión por delitos urbanísticos y, además, está imputado o procesado en varios procedimientos que aún están en fase de instrucción.

   La Fiscalía acusó al que fuera edil del Grupo Independiente Liberal (GIL) de los delitos de cohecho, malversación de caudales y prevaricación administrativa, al igual que las representaciones del Ayuntamiento marbellí y la Junta de Andalucía; mientras la defensa pidió su absolución, al considerar que no se le puede imputar delito alguno.

   Las acusaciones sostuvieron que los archivos de la empresa Maras Asesores, vinculada a Roca, aludían a dos pagos de 6.000 euros a LB, que identificaron con Lendínez, en diciembre de 2004 y febrero de 2005, cuando estaba ya en la oposición. Además, se le acusaba por aprobar como miembro de la comisión de gobierno el convenio de Vente Vacío, que supuso un perjuicio municipal de 1,3 millones.

   La resolución, que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo como lo está la sentencia que afecta a la mayoría de los acusados en esta causa, señala la situación política antes y durante la moción de censura que desbancó a Muñoz de la Alcaldía en agosto de 2003, así como a la forma en la que se fraguó, aludiendo a lo declarado por los entonces ediles en el juicio del caso 'Malaya'.

   Asimismo, se expone la situación urbanística y se considera, como ya lo hizo en la anterior sentencia, que "puede observarse cómo por parte de los concejales procesados y de Roca se aprovechan de ese caos inmobiliario, en cierto modo propiciado por ellos mismos, para obtener unos beneficios económicos injustos, ilegales y absolutamente reprobables".

   En el caso de Lendínez, que tras la moción de censura abandonó el equipo de gobierno y pasó a la oposición, la Sala considera probado que en los archivos informáticos de Maras Asesores "aparece identificado con las iniciales de sus dos apellidos 'LB' y consta como entregada al mismo por Roca 12.000 euros en sobres a su nombre".

   Asimismo, destaca que en el registro en su casa se intervinieron 5.200 euros en efectivo "procedentes de tales cobros", ya que no pudo justificar ese dinero hallado. El Tribunal da validez a los archivos Maras, remitiéndose a la argumentación expuesta en la anterior sentencia y destacando que han constituido una "prueba fundamental".

   Así, en la sentencia se indica que los ingresos que constan en los informes periciales "no se pueden conciliar con el salario que el señor Lendínez percibía del Ayuntamiento" y se señala que "no procedían de ingresos acreditados"; por lo que para la Sala de 'Malaya' "cobra relevancia la imputación de cobro de sobres (cohecho) ofrecidos por el señor Roca".

   El Tribunal llega "a la firme convicción del sistema de corrupción generalizada que se había instaurado en el Ayuntamiento de Marbella por parte de los procesados y bajo el poder de hecho ejercido por el señor Roca", aludiendo también a la necesidad de garantizar el voto cuando no hubiese mayoría en el gobierno municipal.

   Respecto al convenio de Vente Vacío, la resolución precisa que la mayoría de los concejales procesados, "por no decir la totalidad de ellos, incluido el señor Lendínez", argumentaron en el juicio "en un vano intento autoexculpatorio" que no tenían conocimientos urbanísticos y que se limitaban a aprobar aquellos convenios informados favorablemente por los técnicos.

   Pero, el Tribunal apunta que ese argumento "no puede tener favorable acogida por el Tribunal", ya que, incluso aunque fuera cierto, "que podría serlo para la mayoría de los concejales", lo que se juzga no es si los concejales tenían o no conocimientos en esa materia especifica "sino si cumplieron o no con las obligaciones propias de su cargo".

   "Y desde luego no fue así, cuando haciendo absoluta dejación de funciones, se concertaron con el señor Roca para allanarle el camino a sus actividades y negocios urbanísticos ilícitos, a cambio, claro está de percibir unas elevadas cantidades económicas que a título de dádiva les ofrecía aquel, previa exacción a los empresarios de la construcción", asevera la Sala.

OTROS DELITOS

   El Tribunal declara la nulidad de dicho convenio y, por otro lado, absuelve a Lendínez de la acusación de malversación, al incidir la Sala, al igual que ya hizo con la sentencia anterior, en que "los aprovechamientos urbanísticos son difícilmente encajables en el concepto de caudales y efectos públicos".

   Así, indica que la interpretación que pedían las acusaciones podría hacerse respecto a elementos "que tenga utilidad y entidad material, no sobre algo futurible e inseguro de que cobre vida en la realidad jurídica, no sobre humo". También se le absuelve de la acusación alternativa de apropiación indebida y se le impone una multa de 24.000 euros.

CORRUPCIÓN

   Para su graduación de la pena, el Tribunal ha tenido en cuenta la gravedad del hecho, la alarma social producida "y el enorme perjuicio que estos sistemas de corrupción generalizada suponen para los ciudadanos, al comprobar el abuso reiterado del cargo público y el enriquecimiento injusto y burdo de las personas elegidas de buena fe, a costa de los legítimos intereses del municipio".

   "El daño ocasionado al prestigio y eficacia de la Administración pública, a la imparcialidad con que debe actuar siempre cualquier autoridad o funcionario público fue abiertamente trasgredida por los concejales de Marbella, incluido el señor Lendínez que haciendo verdadera dejación de funciones toleraron el urbanismo a la carta que propició Roca", dice la sentencia.

    En este punto, reitera que lo consintieron "a cambio de percibir ilegalmente las dádivas que de manera institucionalizada repartía entre ellos el señor Roca con dinero procedente de los empresarios urbanísticos a quienes se les exigía el abono de las mismas si querían obtener un mayor rendimiento económico en sus promociones".

   Asimismo, recuerda que el nivel de corrupción "llegó a tal grado que por primera vez en la historia municipal de España hubo de disolverse el Ayuntamiento y crear una junta gestora hasta la celebración de nuevas elecciones".

 

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