Condenan a cuatro años a una mujer por robar a otra amenazando con un cúter a su bebé

Actualizado: domingo, 28 noviembre 2010 11:45

MÁLAGA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha condenado a cuatro años de prisión y al pago de una indemnización de 180 euros a una mujer, de 24 años, por robar a otra apuntando con un cúter al bebé de 11 meses de ésta cuando estaban en una calle de la capital malagueña y a plena luz del día.

Según se considera probado en la sentencia, la acusada se acercó el pasado mes de septiembre, sobre las 11.30 horas, junto a otra persona que no ha podido ser identificada, a la víctima, que estaba sentada en un banco de una plaza de la capital con su hijo, de 11 meses en ese momento.

Así, según señala la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, mientras que esa otra persona exigía dinero a la víctima, la acusada, que tiene antecedentes penales por robo con intimidación, "extrajo de sus ropas un cúter con parte de la cuchilla sacada, con el que apuntó al bebé".

En este punto, hizo una "amenaza gráfica de utilizarlo", lo que generó en la mujer "tal estado de temor por su propia integridad y la de su hijo", señala la sentencia, que abrió el bolso y permitió que la acusada y la otra persona se llevaran lo que había, que consistió en 180 euros.

El juez la condena por un delito de robo con intimidación, al considerar que la acusada empleó el cúter, pasándolo "cerca de su hijo", para "doblegar la conminación de un mal inminente, grave y personal". Además, estima la agravante de reincidencia por estar condenada previamente por el mismo delito.

"El manejar un cúter con parte de su cuchilla sacada y acercarlo a su hijo entonces de 11 meses en las circunstancias que concurrieron, puede considerarse intimidación", se señala en la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga.

Para el juzgador, los hechos están probado teniendo en cuenta "el relato minucioso y fiable" de la víctima en la instrucción y en el juicio, quien, además, reconoció a la acusada como una de las autoras de tales hechos, en concreto, como la persona que "portaba el instrumento".

"La anulación de la voluntad de la víctima fue de tal entidad que no le fue posible resistirse a la acción depredadora de la acusada", según la resolución, en la que se reitera que la declaración de la víctima fue "firme y contundente" y se indica que la prueba es "suficiente" para desvirtuar la presunción de inocencia.

Además, se añade que la perjudicada reconoció a la acusada en el juicio, pero, previamente, ya lo había hecho a través de fotografías cuando acudió a las dependencias policiales pocos días después de los hechos y también ante la autoridad judicial en una rueda de reconocimiento.

La acusada negó los hechos e, incluso, en la fase de investigación dijo que estaba en otro sitio, aunque "nada ha justificado acerca de esa posibilidad", indica el juez, quien insiste en la "contundencia de los elementos probatorios" en su contra.