Condenan a un hombre por comprar a un menor joyas que había cogido a su madre sin permiso

Actualizado: martes, 16 diciembre 2014 14:30

MÁLAGA, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada contra un hombre por comprar a un menor y por un precio muy inferior al real varias joyas que éste había cogido a su madre sin permiso. Así, se rechaza el recurso presentado y se ratifica la condena impuesta de un año y nueve meses de prisión y el pago de una indemnización de 2.980 euros por un delito de receptación.

Según se declaró probado por el juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado tenía una tienda de regalos en la localidad malagueña de Torremolinos y en varios días entre agosto y octubre de 2011 compró al menor, de 14 años entonces, diversas joyas "que éste había sacado del domicilio de su madre sin conocimiento de ésta".

"El acusado no registró las compras ni expidió factura ni recabó la documentación del menor", señalaba la resolución, en la que precisaba que tras denunciarse los hechos y practicarse un registro, se recuperaron parte de las joyas, que han sido tasadas en 2.682 euros; mientras que las no recuperadas han sido valoradas en 2.979 euros. El procesado las compró todas por unos 500 euros.

Por estos hechos, el procesado fue condenado por un delito continuado de receptación y se le impuso un año y nueve meses de prisión y el pago de 2.979 euros de indemnización a la mujer. La sentencia fue recurrida por la defensa del hombre, alegando error a la hora de valorar la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia, argumentos rechazados por la Sala.

Así, el Tribunal precisa que el propio acusado reconoció que había comprado las joyas al menor, aunque negó conocer su ilícita procedencia. No obstante, tanto el chico como su madre declararon, insistiendo ésta en que se dio cuenta de que las alhajas expuestas en la tienda se parecían mucho a las suyas, comprobando luego que sus joyas habían desaparecido.

Entonces, "sin levantar la liebre" para que no desaparecieran las joyas del expositor, la mujer corroboró con su hijo lo sucedido, es decir, que éste "las había hurtado y se las había vendido al acusado", el cual, señala la Sala en su sentencia de apelación, si tenía dudas de la edad del joven "podía haberle pedido su documentación".

Se indica, además, que "un niño de 14 años no podía ser titular de las joyas que estaba comprando a cambio de un precio muy por debajo de su valor real", precisando que "aunque el menor está exento de responsabilidad penal por la ampliación de la excusa absolutoria, pues las joyas se las hurtó precisamente a su propia madre, los terceros ajenos a la relación familiar no se pueden beneficiar de dicha excusa".

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