Condenan a tres personas en Málaga por disponer de todo el dinero que tenía un familiar de 77 años

Ciudad de la Justicia de Málaga
Europa Press - Archivo
Actualizado: domingo, 16 septiembre 2018 12:25

MÁLAGA, 16 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Málaga ha condenado a tres personas, dos mujeres y un hombre, por quedarse con el dinero de un familiar de 77 años, al que convencieron de que les facilitara un poder, por el cual los acusados podían disponer de sus fondos y bienes. Se les impone un año de prisión y multa.

Según se declara probado en la sentencia, en 2007, el hombre vendió a su sobrina una vivienda por un precio de 90.000 euros, si bien en la escritura, otorgada ante notario, se hizo constar que el precio de la compraventa era 72.000 euros que se abonó mediante un cheque bancario cuya copia se unió al documento.

En importe de dicho cheque, según pone de manifiesto la resolución de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, fue traspasado por el hombre a una cuenta abierta por él en 2008 "siguiendo consejo de su sobrina", poniendo la cantidad de 71.000 euros a plazo fijo.

Posteriormente, la sobrina, "puesta de acuerdo con su hermana y el esposo de ésta --ambos acusados-- para hacerse con el dinero de su tío, convence a éste para que acuda a la notaría", donde le otorga "escritura de reconocimiento de deuda a su favor por los 18.000 euros que su sobrina le adeudaba por la compra de la vivienda".

Además, le otorga escritura de poder general a favor de su sobrina, "mediante la cual confiere a la misma las más amplias facultades para administrar su patrimonio, incluidas las de disponer, enajenar y gravar toda clase de derechos sobre bienes muebles e inmuebles".

Asimismo, se la facultaba a "avalar o pignorar a favor de tercero o incluso la parte aquí apoderada, ante cualquier banco o caja de ahorros, incluso con renuncia de los beneficios de orden, división y previa excusión", señala la sentencia.

En ese momento se suscribe una póliza de crédito por importe de 60.000 euros en la que figura como acreedora una entidad bancaria, representada por un cuarto acusado, que ha resultado absuelto; y como acreditado una empresa perteneciente a la otra sobrina y su marido, quien, además, firma dicha póliza como fiador.

Se añade una cláusula adicional, aceptada por el perjudicado "en la confianza que le inspiraban sus sobrinas, según la cual el mismo constituía la libreta de ahorros a plazo fijo por importe de 71.000 euros de la que era titular en fondo de garantía pignoraticia para responder del buen fin de dicha póliza".

En años sucesivos, "usando el poder que le había sido conferido por su tío", la sobrina suscribió nuevas pólizas de crédito, "sin el conocimiento del mismo" y, además, realizó traspasos de dinero a otras cuentas.

El perjudicado ingresó en un centro para mayores en abril de 2009, "habiendo domiciliado el pago de los recibos en su cuenta, pero "como consecuencia de los contratos suscritos por su apoderada, el capital de que disponía se encontraba retenido".

De este modo "se produjeron impagos y devoluciones de recibos de la residencia, pues en la cuenta corriente no existía saldo bastante para su abono habida cuenta de que el importe de dichas mensualidades ascendía a 1.390 euros y la pensión que percibía el mismo no alcanzaba los 600, razón por la que había vendido su casa para disponer de efectivo para abonar una residencia".

En marzo de 2010, el hombre, junto con personal de la residencia, fueron al banco a pedir explicaciones y se le informó "de que el saldo de la imposición a plazo fijo está bloqueado como consecuencia de los contratos suscritos por su sobrina haciendo uso del poder conferido por él mismo".

En ese momento, el perjudicado suscribió un documento en el que solicitaba que no se reintegrara ningún importe en su cuenta sin su autorización. El hombre falleció dos meses después y los acusados ordenaron la cancelación de los créditos y el cargo de la deuda a la cuenta del perjudicado.

Los acusados admitieron en el juicio haberse puesto de acuerdo para quedarse con el dinero del anciano y en el caso de una de las sobrinas reconoció "que abusó de la confianza de su tío, que le engañó para que otorgara poder general a su nombre con las más amplias facultades", con el que suscribió varias póliza de crédito.

Por estos hechos, se condena a los tres acusados, las dos sobrinas y el marido de una de ellas, por un delito de apropiación indebida y se le impone una pena de un año de prisión y el pago de una multa de 1.620 euros a cada uno. Además, tendrán que reintegrar a los herederos la suma de 75.325 euros.

La Sala absuelve al responsable de una oficina bancaria, también acusado, ya que considera que con la prueba practicada "no cabe considerar acreditado que el mismo actuara en connivencia con los otros procesados a fin de despojar a la víctima de su patrimonio", aunque los otros sí lo declararon.