Dictada sentencia contra dueño de la finca donde murió Julen, que tendrá que informar al juez de su situación económica

Foto de archivo del propietario de la finca de Totalán donde está el pozo en el que murió Julen en el juicio
Foto de archivo del propietario de la finca de Totalán donde está el pozo en el que murió Julen en el juicio - Álex Zea - Europa Press
Publicado: miércoles, 29 enero 2020 15:38

MÁLAGA, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha emitido la sentencia que condena al dueño de la finca donde está el pozo en el que murió Julen al caer en él, la cual es firme, por lo que se procederá a su ejecución "sin más trámite". Así, la resolución recoge, entre otras cuestiones, que el condenado tendrá que comparecer semestralmente en el juzgado para informar de su situación económica de cara al pago de las indemnizaciones fijadas.

Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que recoge la condena de un año de cárcel que se impuso a David Serrano verbalmente por parte del juez el pasado martes día 21 de enero en la única sesión del juicio celebrado, toda vez que el día antes se había cerrado un principio de acuerdo entre la defensa y las acusaciones, tanto la Fiscalía como la representación de los padres del niño.

El acusado expresó su conformidad y aceptó su culpa y la pena que finalmente se le solicitaba por un delito de homicidio por imprudencia grave, con las circunstancias de reparación del daño y reconocimiento tardío de los hechos. Así, la sentencia ahora dictada recoge esto y también las responsabilidades civiles, en concreto la indemnización de 89.529 euros a cada padre y de 663.982 euros a la Junta de Andalucía por los gastos del rescate.

Igualmente, consta en la resolución la suspensión de la pena de prisión durante dos años, pero siempre y cuando no cometa delito alguno durante este tiempo, comunique al juzgado los cambios de domicilios, abone la responsabilidad civil impuesta --que en el caso de los padres se hará con 50 euros al mes, además de los 25.000 euros ya ingresados--, y comparezca judicialmente cada seis meses para dar datos actualizados de su situación económica.

El magistrado señala que no es necesario realizar consideración alguna ante la conformidad "absoluta" mostrada por el acusado y su defensa y al darse los requisitos legales exigidos, aunque sí advierte al condenado de que la suspensión del ingreso en prisión podrá ser revocada en caso de incumplirse algunas de las condiciones anteriores.

En el apartado de hechos probados de la sentencia, se declara, tras la conformidad del acusado, que este "no había señalizado ni advertido" de la presencia de esa prospección concreta, además de que era "el único conocedor" de la existencia del pozo por el que cayó el pequeño, añadiendo que "los demás desconocían" la presencia del mismo ya que "apenas se veía". Además, no adoptó ninguna medida "ante la falta de protección suficiente".

Asimismo, en la resolución se apunta a los expedientes administrativos sancionadores abiertos contra el acusado y la persona que realizó el pozo por infracciones graves en materia de seguridad minera.

Los hechos sucedieron el día 13 de enero de 2018 cuando el procesado fue junto con su pareja y su hija menor, así como con los padres de Julen y el pequeño a la finca. Cuando llegaron, aparcaron en la explanada en la que había realizado una obra con una canalización o zanja para asentar un futuro muro, que pretendía construir y que, además, se dispuso a mostrar al padre del pequeño, señala la sentencia.

Los menores, mientras tanto, estaban junto a sus madres. Así, la madre de Julen "se sentía indispuesta" por lo que dijo a su marido que iba a llamar al centro de trabajo para avisar de "la imposibilidad de acudir", encomendando el cuidado de Julen al padre.

En un momento, Julen se puso a correr por una canalización en forma de 'L' y al verlo, la pareja del acusado comenzó a gritar el nombre del menor, reaccionando "de forma inmediata" el padre, corriendo ambos en dirección a Julen para pararlo y evitar "que se hiciera daño con las piedrecitas o las paredes de la zanja".

Al llegar a su extremo final el niño "de forma repentina y sorprendente" desapareció de la vista, ya que "Julen se coló por la boca del pozo que se encontraba a ras del suelo de la zanja, "en el extremo final y sin tapar, precipitándose en su interior". La boca del pozo era de 28 centímetros de diámetro, reduciéndose posteriormente hasta los 21-22 centímetros.

El informe definitivo de autopsia realizado por forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) de Málaga señaló que el niño murió por la caída en el pozo, a los pocos minutos tras la precipitación, y apuntó a que la causa del fallecimiento fue por traumatismo craneoencefálico y raquimedular, presentando dos fracturas, una en la zona occipital y otra en la región temporal izquierda.