El fiscal dice que no hay prescripción de delitos ni indefensión de los acusados

Actualizado: martes, 6 abril 2010 18:18

Asegura que Del Nido nunca fue juzgado por el Tribunal de Cuentas y que "monopolizó" determinados procedimientos contables

MÁLAGA, 6 Abr. (EUROPA PRESS) -

El fiscal Anticorrupción Francisco Jiménez Villarejo rechazó hoy que estén prescritos determinados delitos de los que se acusa en el caso 'Minutas', al entender que en esta causa hay un delito principal, el de malversación, que hace "de dique de contención" respecto a los demás en cuanto a la prescripción; y negó también que se haya producido en los acusados indefensión a lo largo del procedimiento.

Así respondió el fiscal encargado de esta causa a las alegaciones presentadas por las defensas de los acusados en el caso 'Minutas', sobre las presuntas irregularidades en los encargos realizados por el Ayuntamiento de Marbella (Málaga) al letrado José María del Nido, juicio que comenzó hoy en la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga con las cuestiones previas y que mañana tiene previsto continuar.

Jiménez Villarejo sostuvo que "determinadas personas desde una entidad local han aprovechado esa posición para, en vez de ser garantes, propiciar una descapitalización, teniendo un principal beneficiado, que ha sido el señor Del Nido" y consideró que quedará probado en el juicio que hubo un "concierto previo" de determinadas personas, "un núcleo duro".

Así, indicó que "no hay una acumulación caprichosa de hechos", sino que "estamos hablando de delitos conexos, principal --el de malversación-- y accesorios", siendo el marco en el que se encuadra la causa los pagos de cantidades "desorbitadas y en muchas ocasiones injustificadas" a asesores externos, principalmente a Del Nido, a través de sus minutas.

Por otro lado, consideró que "es difícil mantener" el alegato de indefensión en los acusados, puesto que las declaraciones fueron "muy detalladas", pero aseveró que en el caso del letrado es más difícil justificar que no sabía de qué se acusaba, al apuntar que ha presentado a lo largo del procedimiento ocho escritos de alegaciones, seis proponiendo pruebas y ocho de recursos, además de aportar incluso determinadas minutas.

"En pocas causas en mi vida, una persona imputada con la condición de letrado ha estado en la practica totalidad de diligencias practicadas", apuntó respecto al presidente del Sevilla.

Sobre el ex asesor de Urbanismo marbellí Juan Antonio Roca, dijo que su acusación "no es un capricho, ni tenemos ningún afán de acusar", sino que está vinculada al informe de fiscalización, puesto que "se pagó a una sociedad sin saber aún para qué ni por qué", lo que "no tiene absolutamente nada que ver con el Saqueo I ni Saqueo II".

TRIBUNAL DE CUENTAS

También se refirió a la alegación de la defensa de Del Nido sobre las sentencias del Tribunal de Cuentas, aportadas en la causa, que concluyen que no se ha demostrado daño real en los fondos públicos por determinadas minutas del letrado, y aseguró que no existe prejudicialidad respecto de la jurisdicción contable y que es la Sección Tercera "la que tiene que valorar estos hechos".

Así, precisó que Del Nido "nunca ha sido enjuiciado en el Tribunal de Cuentas", sino que "se le han analizado minutas que ha cobrado pero con la responsabilidad contable de las personas que las han pagado", en su caso ediles o miembros de los consejos de administración de las sociedades, y apuntó que el enjuiciamiento contable es distinto al proceso de fiscalización.

En este sentido, dijo que el análisis que hace el Tribunal de Cuentas "se basa en la existencia de la propia minuta y en las declaraciones de dos testigos", que "curiosamente" son dos de los acusados en esta causa penal, recordando que en una de las sentencias se hace "la salvedad de sin perjuicio de la responsabilidad en otro orden".

Además, señaló que el letrado, por su posición en la asesoría jurídica, "tuvo un control de la documentación que se entregaba en el Tribunal de Cuentas y después, en la sección de enjuiciamiento, también tuvo un papel destacado, hasta el punto de monopolizar procesalmente ciertos procedimientos relativos a las sociedades municipales".

En este punto, el fiscal precisó que en esos procesos "no sólo estaba él en representación del Ayuntamiento y de la sociedad municipal participada, sino que letradas de sus despachos estaban personadas como defensa de responsables del consejo de administración de dichas sociedades", situación "absolutamente anómala".

Citó jurisprudencia sobre el encaje de ambas jurisdicciones, en concreto la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso 'Saqueo I', en la que se dejó "sentado de forma clara" que no había impedimentos para que la Audiencia Nacional juzgara esos hechos "aunque hubiera un auto de archivo del Tribunal de Cuentas".

Por último, el abogado del Ayuntamiento de Marbella, Alberto Peláez, se preguntó "qué sentido tiene la investigación sumarial" a la vista de las alegaciones de los abogados sobre la necesidad de limitar el enjuiciamiento a los delitos iniciales y defendió las imputaciones realizadas.