Gómez Bermúdez advierte de que la legislación contra el blanqueo "va demasiado lejos", ya que "no puede ser delito todo"

Juez Gómez Bermúdez
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 1 julio 2015 23:16

El magistrado subraya que "no podemos convertir en delincuentes a personas que en realidad no lo son"

MÁLAGA, 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez ha destacado que "España es hoy por hoy el país que más castiga el blanqueo de capitales"; no obstante, también ha considerado sobre esta cuestión que, "en materia penal, estamos yendo demasiado lejos", ya que "no puede ser delito todo". A su juicio, sería conveniente "restringir un poco el tipo penal, de modo que no sea tan extensivo como el actual".

Así lo ha expuesto este jueves en Málaga el magistrado durante el debate 'El blanqueo de capitales. Novedades tras la reforma', en el marco del II Congreso de Jueces y Economistas. Ha incidido en que, pese a ese carácter punitivo de la ley, "blanquear se blanquea, en España y en todo el mundo"; eso sí, ha añadido, "cada día es más difícil hacerlo".

"No podemos convertir en delincuentes a personas que en realidad no lo son", ha subrayado, sobre todo en referencia al blanqueo de capitales por imprudencia, es decir, "cuando alguien no ha tenido el cuidado necesario en una determinada actividad".

Y es que, tal y como ha advertido, "por imprudencia puede cometer blanqueo cualquiera, y eso no puede ser así". Ha puesto como ejemplo de ello a una persona que venda un piso y, "como es tradicional en España", cobre en negro el 40 por ciento de la venta y sólo escriture por el 60 por ciento restante, ya que, según la legislación, "puede estar actuando como sujeto activo de un delito de blanqueo por imprudencia". "Hemos ampliado tanto el círculo que debemos tener cuidado a ver dónde vamos a llegar", ha opinado.

Más aún, ha hecho hincapié en que, tal y como está redactada la ley, "un delincuente podría incurrir en un delito de blanqueo de capitales por aprovecharse de los bienes que ha robado o hurtado". Para Gómez Bermúdez, "el autoblanqueo habría que penarlo cuando es una actividad profesional organizada", cuestionando que se haga cuando se está, por ejemplo, ante "un chorizo que, para aprovecharse del producto de su delito, lo oculta; no va a decir que es robado".

En este punto, ha lamentado que "estamos rizando el rizo". "Hay un Derecho administrativo sancionador, y el Derecho penal debería de quedar para las conductas graves", ha considerado, insistiendo en que, actualmente, "nuestro ámbito punitivo es excesivamente amplio".

España cuenta con "una legislación muy avanzada en cuanto a la prevención y la represión, pero quizá excesiva, porque --según ha aseverado-- no se puede contemplar igual el blanqueo doloso que la conducta negligente de un abogado, un asesor fiscal o un economista que, simplemente por imprudencia y no por tener intención, haya ayudado a una operación de blanqueo". Sin embargo, la realidad es que "en el Código Penal no se diferencian los sujetos activos del delito de blanqueo imprudente".

El objetivo, ha expuesto, es que "por la vía de la represión penal y de estas normas preventivas tan rígidas se cree la cultura de que no se pueden hacer determinadas prácticas que favorecen el blanqueo; es decir, que si vende su piso, tiene que escriturarlo en el precio real de venta y no puede cobrar en negro una parte porque está defraudando a Hacienda y, además, puede estar favoreciendo el blanqueo de capitales".

"PERSONAJES MUY FAMOSOS"

En su opinión, sí es posible que ese carácter "rígido" de la ley acabe dando sus frutos, al igual que ocurrió en su época con el delito contra la Hacienda Pública. "Entonces parecía que defraudar a Hacienda era casi una obligación, pero cuando se sentó en el banquillo a dos o tres personajes muy famosos, todo el mundo empezó a ver que pasaba algo", ha declarado.

Se ha mostrado seguro, además, de que en los sectores profesionales ya existe esa conciencia. El problema es, no obstante, que "a veces las cargas que impone la ley son costosas, no sólo en trabajo, sino también económicamente, y no todos los profesionales pueden sostener esas cargas".

Ha explicado que "la legislación intenta prevenir que no se pueda dar apariencia de bienes de origen lícito a aquellos que son de origen ilícito, y eso se evita imponiendo una serie de obligaciones muy estrictas a los sujetos obligados".

La cuestión, ha reiterado, es que "cada año se amplía más el círculo de sujetos obligados, antes eran prácticamente las personas o entidades financieras y ahora se abarca a casi todas las profesiones liberales importantes, imponiendo unas obligaciones que a veces son muy difíciles de cumplir". Ante esto se ha preguntado de nuevo "si ese necesario eso, si es excesivo, si no lo es y qué ocurre en el resto del mundo".

MEJORAS

En suma, Gómez Bermúdez ha opinado que, aunque "la legislación es adecuada, sí es muy rígida, y, por tanto, se podría mejorar". Ha apuntado, al respecto, la conveniencia de corregir algunos defectos, sobre todo de redacción, poniendo como ejemplo expresiones como balance general anual. "No se entiende muy bien qué es eso", ha afirmado.

Durante su intervención, ha incidido en "las muchas novedades" habidas desde 2010 con la reforma del Código Penal, la publicación de la nueva Ley de Prevención de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, modificada parcialmente a finales de 2013 con la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y la entrada en vigor el 6 de mayo de este año del reglamento general de prevención del blanqueo de capitales.

"Muchas novedades, en suma, que afectan a casi todas las profesionales liberales, no sólo al sector financiero, sino también a abogados, economistas, notarios, registradores, asesores fiscales y laborales, etcétera", ha resaltado el juez.

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