Málaga.- Tribunales.- Absuelven a cuatro hombres acusados de traficar con cocaína tras anular las escuchas telefónicas

Actualizado: domingo, 14 diciembre 2008 16:17

MÁLAGA, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a cuatro hombres, con edades comprendidas entre los 55 y los 27 años, acusados de un delito contra la salud pública, en concreto de traficar con cocaína; y que fueron identificados por intervenciones telefónicas que la Sala declara nulas en la sentencia, por lo que concluye que no existe "prueba lícitamente obtenida" y procede la absolución.

Según se declara probado en la sentencia de la Sección Segunda, a la que tuvo acceso Europa Press, en un primer momento, sólo se intervinieron dos teléfonos móviles, pero posteriormente se amplió el número, "derivado de las conversaciones que los investigados mantienen con terceros", y se precisa que las intervenciones se prolongaron durante tres meses.

Como consecuencia de la investigación de la Udyco Costa del Sol de Marbella (Málaga), fue detenido un acusado cuando regresaban de Madrid, en compañía de otro, localizando en el maletero del coche dos paquetes, uno de ellos envuelto con cinta adhesiva marrón y que contenía 921,1 gramos de cocaína, y el otro 76,55 gramos de la citada sustancia. La Sala dice que sin las intervenciones declaradas nulas "la droga no se hubiera intervenido".

Ese mismo día, se detuvo a otro acusados en la estación de tren. Además, se realizaron tres registros en diferentes direcciones, en uno de ellos no se halló "nada de interés"; en otro, una pistola simulada de aire comprimido; y en el último, una libreta con anotaciones de nombres y cifras de dinero, una balanza de precisión y un libro con las cubiertas rojas con la inscripción "Diccionario enciclopédico", al que le habían cortado todas las hojas.

El Tribunal llega a la misma conclusión que tres de las defensas respecto de la nulidad de las intervenciones telefónicas practicadas "con efecto contaminante de las restantes pruebas por su imposible desvinculación de las diligencias nulas". Así, se apunta que como los acusados --dos de ellos estuvieron en prisión desde agosto de 2007 a la fecha del juicio en octubre de 2008-- se negaron a declarar y las demás diligencias derivan directamente de las intervenciones nulas "no existe prueba lícita".

Asimismo, se incide en que las intervenciones "no superan el control de legalidad constitucional" debido, principalmente, a la "ausencia de control judicial en la concesión, ejecución y prórroga". En este punto, la Sala señala que el primer auto carecía de motivación, puesto que "sólo hay una remisión genérica" y añade que se habla de unas vigilancias y seguimientos "que no se recogen en el oficio policial".

"Existe una nulidad de la primera de las intervenciones y de todas las demás que derivan de la misma, ya que se inició mediante una información procedente de la intervención de otros teléfonos procedentes de otras diligencias, que nunca se trajeron a esta causa", señala la sentencia, en la que se precisa, además, que "no se practicó ninguna otra diligencia inicial, por lo que es evidente que la investigación avanzó a través de las escuchas, por consiguiente, con posterioridad".