Málaga.- Tribunales.- La Audiencia descarta hacer nuevas pruebas al cuerpo de Rocío Wanninkhof y a una bolsa con objetos

Actualizado: jueves, 27 abril 2006 20:46

MALAGA, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga ha desestimado los recursos de apelación planteados por la defensa del británico Tony Alexander King y la familia de Rocío Wanninkhof para que se realizaran nuevas diligencias de prueba al cuerpo de la joven mijeña y a una bolsa encontrada en la puerta de la madre de la joven, con diferentes objetos, entre ellos ropa interior, respectivamente.

Ambas partes presentaron recurso ante la Audiencia contra el auto del Juzgado de Instrucción número 6 de Fuengirola (Málaga), que rechazó estas diligencias. En la vista celebrada la pasada semana, la defensa pidió una nueva autopsia al cadáver de Rocío; mientras que el abogado de la familia solicitó que se realizara una serie de pruebas complementarias para saber la fecha de fabricación de las bragas encontradas, que se acredite que eran de la joven, y las declaraciones tanto de la madre como la dueña de la tienda en la que presuntamente se adquirieron, así como un informe científico sobre la sangre que tenía la ropa interior.

El fiscal se opuso a la práctica de estas pruebas y pidió la desestimación de los recursos. Ahora, la Sección Tercera, según los autos a los que tuvo acceso Europa Press, no admite el que se haga una segunda autopsia por no poder reiterarse una diligencia ya realizada y rechaza seguir investigando sobre la bolsa y sus objetos, porque considera dichos análisis "totalmente irrelevantes" para la apertura de juicio oral.

En el primero de los casos, el Tribunal destaca que toda la exposición del recurrente se ha centrado en preceptos generales "sin reparar en la doctrina jurisprudencial y menos aún en la normativa específica contenida en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado". Dice, como ya "dejó bien claro" la instructora en el auto recurrido, que el artículo 29.4 de dicha legislación "prohibía expresamente la reiteración que pretendía el recurso".

En este sentido, apunta que el abogado de King "ni se preocupa de rebatir tal aserto, que únicamente ha encontrado eco en el conciso y preciso informe oral del fiscal" e insiste en que los preceptos de la ley "avalan la decisión de la instructora", por lo que desestima íntegramente el recurso, al que no sólo se opuso el Ministerio Público sino también la acusación particular.

Respecto al recurso presentado por el abogado de la familia, al que se adhirió la defensa del acusado, la Sala muestra "perplejidad ante el desinterés que muestran las partes hacia los argumentos que sustentan las decisiones contrarias a sus solicitudes" e incide en que, como en el caso anterior, toda la exposición tanto escrita como oral de las partes se centra en preceptos genéricos de normativas supranacionales y constitucional, cuando la aplicación del articulado de la Ley del Tribunal del Jurado "es obligatoria" para abordar este recurso.

Reproduce el primero de los razonamientos jurídicos del auto de la jueza de Fuengirola, del que se desprende que las diligencias pedidas son "totalmente irrelevantes para decidir sobre la apertura de juicio oral, sin que ni siquiera las partes recurrentes se hayan atrevido a formular una hipótesis de la que se derivara su utilidad".