Málaga.- Tribunales.- Ayuntamiento marbellí pide que se suspenda la ejecución de 60 sentencias, incluida la de Banderas

Actualizado: jueves, 20 marzo 2008 12:02

La urbanización Los Monteros, acusación particular en el caso de la casa del actor, se opone a la suspensión de dicha resolución

MARBELLA (MÁLAGA), 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Marbella (Málaga) ha instado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a que suspenda la ejecución de la sentencia por la que se anuló la licencia otorgada en marzo de 1995 para la construcción de una vivienda, actualmente propiedad del actor Antonio Banderas, hasta que se apruebe definitivamente el nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), según confirmaron desde el Consistorio marbellí, quienes precisaron que se ha hecho "lo mismo" en un total de 60 casos.

Así, fuentes municipales señalaron que en este caso, al igual que en otros 60, se ha presentado un escrito solicitando la suspensión y destacaron a Europa Press que del total de estos procedimiento la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA de Málaga "se ha pronunciado en cuatro, aceptando nuestra petición, que es la misma que solicitó la gestora en su día y que entendemos que tiene sentido con un plan en revisión".

El TSJA dictó a finales de enero un auto donde se rechaza el recurso en el que se pedía la nulidad de la sentencia de 2003, por lo que se ratificaba dicha resolución referente a la actual residencia que tiene el actor en Marbella y se iniciaban los trámites de ejecución de dicha sentencia, cuya consecuencia jurídica sería la demolición de parte del inmueble.

En este caso, la comunidad de propietarios de la urbanización Los Monteros, que inició el procedimiento, se ha opuesto ahora, a través de su representación legal, dirigida por la letrada Inmaculada Gálvez, a este incidente de ejecución planteado por el Consistorio, al señalar que dicha administración "no ha planteado de forma clara" su pretensión, "dado que no plantea realmente ninguna de las causas" que se establece en la legislación aplicable.

En el documento se indica que "no se puede dejar la ejecución de una sentencia a un plazo indeterminado teniendo en cuenta que ni siquiera se han resuelto las alegaciones que se han realizado en su aprobación inicial" y se añade que "la suspensión instada tendría que haber marcado un plazo máximo para su cumplimiento", lo que, según puntualizan, "no se ha establecido" por parte del Ayuntamiento.

Con relación a la revisión del plan y respecto a este caso concreto, el escrito, al que tuvo acceso Europa Press, incide en que "los documentos expuestos al público no han previsto la legalización de la construcción o edificación amparada con la licencia anulada", sino que "todo lo contrario, se ha calificado en su totalidad como equipamiento", por lo que se insiste en que "no cabe suspender la ejecución de la sentencia por la tramitación".

"Sería un descrédito y una desconfianza para el justiciable que por una norma que ni siquiera ha sido aprobada se proceda a otorgar la suspensión sin plazo alguno para la ejecución de una sentencia", apunta el documento, en el que se insta a que se solicite al Consistorio a que remita copias del expediente de legalización y restablecimiento de la legalidad urbanística abierto en virtud del escrito de dicha comunidad de propietarios sobre la vivienda.

La finalidad es, según se explica, "comprobar que la ejecución de la sentencia tan sólo afectaría a parte de la edificación de la vivienda por estar sobre cinco parcelas que fueron agrupadas, siendo solamente una de ellas de superficie de 1.500 metros cuadrados la que corresponde al equipamiento público".