Málaga.- Tribunales.- El Fiscalía no recurre la sentencia contra King por el caso Wanninkhof

Actualizado: martes, 9 enero 2007 19:46

MALAGA, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Málaga no ha recurrido la sentencia contra el británico Tony Alexander King que lo condenó a la pena de 19 años de prisión como autor material del asesinato de la joven de Mijas (Málaga) Rocío Wanninkhof, que desapareció el día 9 de octubre de 1999, según informaron a Europa Press fuentes de este órgano judicial.

La resolución, dictada el 21 de diciembre del pasado año, ocho días después del veredicto de culpabilidad del jurado popular, no ha sido recurrido por el fiscal, al estimarse por la Fiscalía que "no concurren los motivos que marca la Ley del Jurado" para ello.

Ante esta decisión, el abogado de la acusación particular, Marcos García Montes, en nombre de la familia, consideró que "con esta postura el ministerio público reconoce su error por no formular acusación más que contra Tony alexander King".

"La decisión de la Fiscalía supone un éxito de las tesis de la acusación particular, en cuanto a la participación de al menos tres personas y de que alguna de ellas tendría que tener relación o vículos, por conocimiento, con Rocío Wanninkhof y la familia", apuntaron en un comunicado remitido a Europa Press.

Según señalaron, estos hechos tiene "como consecuencia lógica y jurídica" la presentación de una querella contra al menos dos personas "absolutamente identificadas".

Además, indicaron que se formulará "en el caso de que procediese" recusación a la juez que instruyó el procedimiento y al fiscal que se encargó de la acusación "ante los graves errores, que a juicio de esta acusación particular, se produjeron en la investigación y en la acusación".

Asimismo, desde la familia Wanninkhog lamentaron "la nula sensibilidad demostrada por el ministerio fiscal y la jueza de instrucción".

La sentencia prohíbe a King acercarse a la familia Wanninkhof durante cinco años y le condena a indemnizar a la madre de la joven, Alicia Hornos, con 210.000 euros y a los hermanos con 42.000 euros. Por otro lado, se le absuelve del delito de agresión sexual en grado de tentativa.

El magistrado-presidente del Tribunal del Jurado, José María Muñoz Caparrós, impone al acusado en esta resolución un año menos de cárcel de lo solicitado por el fiscal, atendiendo a la gravedad de los hechos que se sancionan y a la peligrosidad acreditada de éste, que ya tiene una condena firme de 36 años por la muerte de la joven Sonia Carabantes y que tenía numerosos antecedentes penales en el Reino Unido por agresiones y robos con violencia.

Se consideró probado que King circulaba sobre las 22.00 horas del día 9 de octubre por la carretera que une la Cala de Mijas con la urbanización La Cortijera conduciendo un vehículo prestado por su vecina porque el suyo había sufrido un percance.

En ese momento, divisó a la joven, de 19 años de edad, que caminaba por la vía, que en ese momento estaba solitaria, con poca luz y sin construcciones cercanas, por lo que paró y se acercó a ella con un arma blanca de una hoja de al menos 9 milímetros de anchura y de dos de grosor.

"Con el fin de amedrentarla y así llevarla a una explanada cercana en la que no pudiera ser visto", sigue la sentencia, le puso la navaja en el cuello, pero como se resistió le propinó un fuerte golpe en la cara "para aturdirla y le hizo un corte en el cuello", para, posteriormente, darle un navajazo en el abdomen.

Cuando Rocío salió corriendo, "la alcanzó y, tras inmovilizarla, sin que pudiera defenderse debido a su situación de debilidad y a la superior envergadura física del acusado", le asestó al menos ocho puñaladas en la espalda, cinco de ellas muy agrupadas que, al afectar a órganos vitales, produjeron su muerte. En dicho ataque, el acusado empleó tal fuerza que fracturó, dividiéndola en dos, varias vértebras.

Después, el acusado, "en compañía de otras personas que habían estado presentes y que han quedado indeterminadas", arrastraron el cuerpo por un terraplén hasta una explanada y se dieron a la fuga. Posteriormente, volvieron al lugar y en el vehículo de la vecina introdujeron el cuerpo en el maletero y lo llevaron hasta un descampado en la zona de Elviria, arrojando el acusado el arma a la playa en las proximidades de Riviera del Sol.

Algunos días más tarde, el acusado acudió al lugar al saber que había grupos de búsqueda de la joven y en el coche de su propiedad, trasladó el cuerpo a una zona vallada cubierta con vegetación, en la zona del Club de tenis Altos del Rodeo, en Marbella. Allí, dejó el cadáver desnudo, que fue encontrado el día 2 de noviembre, cubierto con bolsas de basura a modo de sábanas; dejando también otra bolsa con la ropa. Asimismo, prendió fuego a la hojarasca que había, sin que las llamas llegaran al cadáver, debido a la lluvia que caía esa noche.

En los hechos probados se precisa que el acusado estuvo trabajando durante 1999 en la urbanización Riviera del Sol, donde también lo hacía la madre de la joven, que colaboraba en el sostenimiento de la familia cuidando niños. Asimismo, se incluye que el jurado descartó la agresión sexual por falta de pruebas y que modificó el contenido del relato en tanto que añadió que el acusado "no fue la única persona que participó en los hechos".