Tribunales.- Recurren la sentencia que condenó a un hombre por la muerte de otro que molestó a su sobrina

Actualizado: domingo, 25 octubre 2009 12:35

MÁLAGA, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Málaga ha decidido recurrir la sentencia que condenó a tres años y nueve meses de prisión a un hombre por un delito de homicidio imprudente por la muerte de otro, que prácticamente vivía en la indigencia y que presuntamente horas antes había molestado a su sobrina, según informaron fuentes judiciales.

Asimismo, la defensa del acusado, un hombre de nacionalidad argentina, de 30 años, también ha decidido presentar un recurso que deberá resolver el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ya que se trata de una sentencia dictada por la Audiencia de Málaga tras el veredicto de un jurado popular, según explicaron a Europa Press otras fuentes.

Los hechos tuvieron lugar el 18 de octubre de 2006. Según la sentencia, la menor le dijo a su madre que un hombre le había tocado el culo cuando iba al colegio, tras lo que ésta bajó a la calle, localizó a ese hombre y habló con él. Más tarde, la mujer le dijo a su hermano lo que había pasado y éste bajó a buscar al hombre, sin lograrlo.

Luego, los dos fueron a buscar al trabajo a la novia del acusado y en un momento determinado, la madre de la menor vio al hombre y se lo dijo a su hermano, que se acercó a la víctima gritando. Al escuchar las voces, el hombre intentó ponerse en pie, pero el acusado "sin dejar que se incorporara, cayó sobre él y le propinó una fuerte patada en la cabeza que le abatió al suelo", comenzando entonces a "darle patadas en todo el cuerpo y pisarle la cabeza de forma constante sin dejar de agredirle", señala la resolución.

No obstante, se consideró probado que el acusado no pensó "en ningún momento que lo podía matar". Al ver la "brutal paliza" propinada por el acusado, las dos acompañantes se acercaron y se lo llevaron al coche, abandonando los tres el lugar. La víctima falleció horas después en el hospital. Al acusado se le condenó por un delito de lesiones dolosas en concurso con un delito de homicidio imprudente.

Los jurados entendieron que la intención del acusado al golpear fue la de "lesionar" y que "nunca tuvo la intención de causarle la muerte ni tampoco se lo representó como posible". El acusado sólo reconoció que le dio un golpe, aunque el jurado tomó como base los informes forenses y las declaraciones de dos testigos protegidos, quienes aseguraron que, aunque fueron más golpes, éstos "no eran suficientes para matar a una persona.

Las acusaciones, tanto la pública como las particulares, consideraron en sus conclusiones finales que el hombre debía ser declarado culpable de un delito de homicidio, mientras que la defensa pidió la libre absolución, aunque añadió varias alternativas, alegando la atenuante de trastorno mental.