El TSJA desestima un recurso interpuesto por Art Natura

Art Natura en el edificio de Tabacalera
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 25 octubre 2014 19:51
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MÁLAGA, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -    

   El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación que interpuso Royal Collections, la promotora del fallido museo de Art Natura, contra un auto del 9 de enero de 2012 en el que se rechazaba su petición como medida cautelar de suspender el acuerdo del Ayuntamiento de Málaga de septiembre de 2011 por el que se disponía la entrega material y formal de los edificios de la antigua Tabacalera.

   Se trata de un episodio más en esta controvertida historia, que arrastra ya un recorrido de ocho años. En este caso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del TSJA desestima el recurso de apelación registrado por Royal Collections en febrero de 2012 y confirma, por tanto, la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la capital malagueña.

   El Alto Tribunal andaluz precisa en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que "no están presentes ninguno de los requisitos necesarios para acceder a la tutela cautelar interesada y se deduce, por tanto, el desacierto del recurso de apelación interpuesto, confirmando por sus mejores razonamientos el auto apelado".

   La decisión recurrida establecía que no había lugar a la adopción de la medida cautelar de suspensión de la resolución impugnada de 16 de septiembre de 2011, por la que se acordaba la entrega a esta empresa de los edificios destinados a museos en la antigua fábrica de tabacos.

   Y, a partir de la notificación de dicho acuerdo municipal, el Consistorio daba un plazo de 120 días a Royal Collections para el inicio de la actividad expositiva, tal y como se preveía en el pliego de condiciones técnicas del contrato administrativo suscrito entre ambas partes el 21 de noviembre de 2006.

   El auto recurrido argumentaba, de un lado, "la falta de acreditación de la imposibilidad efectiva de dar cumplimiento a las prestaciones propias por parte de Royal Collections en el marco del contrato suscrito con el Ayuntamiento" y, en su consecuencia, "la falta de demostración de apariencia de buen derecho de la solicitud con las exigencias de la jurisprudencia del Tribunal Supremo que restringen el examen de las cuestiones de fondo en este incidente cautelar".

   Entre las consideraciones que, según el TSJA, evidencian la inviabilidad del recurso de apelación, estaría por ejemplo que "la ejecución del acto impugnado de fecha 16 de septiembre de 2011, como del contrato en su conjunto, no entraña un peligro tangible de insatisfacción irreparable de las pretensiones ejercitadas por Royal Collections, que son en cualquier caso susceptibles de compensación económica".

   Da la razón a la tesis del Consistorio y subraya que "el acuerdo municipal por el que se inicia el expediente para la resolución del contrato diluye por completo este remoto riesgo hasta convertirlo en inexistente, pues el propio Ayuntamiento ha renunciado a llevarlo a término con la actual contratista; esto es, no se derivarán más cargas financieras para el contratista relacionadas con la ejecución del contrato".

   Se valora, asimismo, la decantación que el juzgado hizo en su momento a favor de los intereses de la colectividad, "a la vista de las inversiones realizadas por la Administración local, que permiten de forma apriorística deducir la necesidad de dar contenido a dichas inversiones, y posibilitar que devengan en un servicio público operativo como el que estaba concebido en el contrato adjudicado a la recurrente, antes que permitir la paralización de las mismas tal y como postulaba la entidad apelante".

   Aparte de esto, en un auto del 30 de noviembre de 2011, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Málaga negó a Art Natura la suspensión del acuerdo municipal aprobado en abril de 2011 por la junta de gobierno local en virtud del cual se ordenaba el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

   Precisamente, el Consejo Consultivo de Andalucía tuvo en cuenta estas dos resoluciones judiciales --la de 30 de noviembre de 2011 y la 9 de enero de 2012-- para dictaminar favorablemente sobre la resolución del contrato entre el Ayuntamiento y Royal Collections.

   Así, la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Málaga aprobó el 20 de abril de 2012 la resolución del contrato con la promotora del Museo de las Gemas por el incumplimiento de su obligación esencial de iniciar la actividad expositiva en los términos establecidos en el contrato suscrito de noviembre de 2006.

QUERELLA ARCHIVADA

   Con independencia de las demandas presentadas en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, Royal Collections interpuso también una querella ante el Tribunal Supremo (TS), por la condición entonces de senador del alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, por prevaricación, falsedad documental y estafa procesal. No obstante, finalmente, ha sido inadmitida a trámite, procediendo a su archivo.

   El Consistorio de Málaga y Royal Collections acordaron en noviembre de 2006 la instalación del proyecto de Art Natura en la antigua fábrica de tabacos, para lo que el primero llevó a cabo una inversión de más de 20 millones en la rehabilitación de una superficie total de 21.000 metros cuadrados. Todo ello con el objetivo de que este espacio museístico abriera sus puertas en 2008.

   Sin embargo, la historia no acabó bien y en abril de 2012 el Ayuntamiento acordó la resolución del contrato, después de haber instado a la concesionaria en varias ocasiones, pero sin éxito, a abrir estos museos: uno dedicado a piedras preciosas, otro llamado Ciencias de la Tierra y otro bajo el epígrafe de Ciencias de la Vida.

   Royal Collections, por su parte, solicitó la suspensión del contrato aduciendo que el Ayuntamiento de Málaga había impedido que pudiera abrir en los plazos previstos porque se retrasó en las obras de rehabilitación, introduciendo, además, cambios en los planos iniciales que afectaban a las necesarias condiciones de seguridad, sobre todo en la parte que iba a acoger la que fue vendida como la mayor colección del mundo de piedras preciosas.

   Al final, tras el ultimátum dado por el Ayuntamiento de Málaga, la concesionaria de Art Natura abandonó los edificios de la antigua Tabacalera en mayo de 2012, aunque dejando claro que no renunciaba a mantener el litigio judicial con el Consistorio.

   Frente a los 6,3 millones que por el canon pagado --incluyendo los intereses acumulados-- reclama el Ayuntamiento a la concesionaria del fallido museo, ésta pedía al Consistorio los 7,4 millones que había anticipado --más de 5,6 millones ya habían sido reembolsados por el municipio--, sumando 1,2 millones en concepto de daño emergente y 9,4 millones por lucro cesante.