El abogado de 'La Manada' dice que la declaración del acusado sobre el vídeo "no debe sorprender"

El abogado de los cuatro miembros del grupo de WhatsApp de 'La Manada' acusados de abusos sexuales a una joven en Pozoblanco, Agustín Martínez.
El abogado de los cuatro miembros del grupo de WhatsApp de 'La Manada' acusados de abusos sexuales a una joven en Pozoblanco, Agustín Martínez. - EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 21 noviembre 2019 16:35

CÓRDOBA, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El abogado de los cuatro miembros del grupo de WhatsApp de 'La Manada' acusados de abusos sexuales a una joven en la localidad cordobesa de Pozoblanco en 2016, antes de los hechos de los Sanfermines por los que están condenados a prisión junto a un quinto más por una violación grupal, ha dicho que la declaración del procesado J.A.P. al decir que él fue quien hizo y distribuyó el vídeo de los hechos "sin conocimiento" de los demás, "no debe sorprender".

En declaraciones a los periodistas, el letrado Agustín Martínez ha remarcado que incluso en su calificación final con las penas alternativas "se considera a los efectos de una posible sentencia condenatoria que la persona que realiza la grabación y la envía es él y lo asume como tal".

Tras ello, ha dicho que le han sorprendido "otras cosas bastante más", como "la utilización de un procedimiento judicial como éste por parte de una asociación para solicitar una petición sin explicar, ni fundamentar", en alusión al delito de agresión sexual, "cuando el fiscal, ni la acusación particular hablan" de ese delito, algo que, a su juicio, "produce una tremenda consternación".

Igualmente, ha insistido en que va a valorar solicitar deducir testimonio contra los agentes de la Policía Foral de Navarra por sus declaraciones porque cree que "está claro que los policías no dijeron la verdad", al "hablar de cotejos, cuando no hay ningún tipo de documento judicial", a la vez que ha señalado que remitirse a "autorizaciones verbales por parte de un juez instructor es muy grave".

A su juicio, "aquí han pasado cosas muy graves y con el tiempo es muy probable que se vayan aclarando", al tiempo que ha comentado que "este juicio tenía mucha trascendencia e importancia para valorar exactamene qué ocurrió en Pamplona".

De este modo, ha indicado que el hecho de que "un agente diga que hubo una reunión el día 5 de septiembre de 2016 y que a partir de ahí se generó una búsqueda de algo dentro de los móviles", que "había autorización verbal por el juez", produce "cierta congoja", porque "las resoluciones que dictan los jueces de Instrucción tienen que ser a las partes y poder recurrir", por lo que cree que "se debería haber dictado un auto".

Por tanto, preguntado sobre la nulidad del vídeo del caso de Pozoblanco, entiende que "se ha acreditado de manera indubitada que no había ninguna orden por parte del juez instructor para hacer el trabajo" de registrar los teléfonos de los acusados, conforme a los tres autos a los que se ha hecho referencia. El abogado se ha mostrado confiado en "la sentencia absolutoria".

LAS PENAS

Cabe señalar que la defensa ha pedido la absolución y como pena alternativa, en caso de no considerarse la anulación del vídeo, que J.A.P. cumpla dos años de cárcel, "con las accesorias previstas en la ley", por un delito de maltrato de obra en concurso con un delito contra la intimidad; una multa de 180 euros para J.E. por un delito de maltrato de obra, y para los otros dos, A.M.G. y A.J.C., penas de seis meses de prisión por delitos contra la integridad moral.

La acusación particular ha elevado a definitivas sus conclusiones sin modificar, de manera que solicita dos años y seis meses de cárcel, órdenes de alejamiento por cinco años y un año de libertad vigilada por la supuesta comisión de delito continuado de abusos sexuales; así como cuatro años y tres meses de cárcel por delito contra la intimidad. También, reclama indemnización de 3.600 euros por las lesiones sufridas y 80.000 euros por el daño moral ocasionado.

La acusación popular, que solicitaba las mismas penas que la otra acusación, ha incrementado la pena para uno de los procesados, A.J.C., hasta los cinco años de cárcel por la supuesta comisión de un delito de agresión sexual, en vez de los dos años y seis meses que pedía por abusos sexuales.

Y la Fiscalía ha rebajado de siete a seis años su solicitud de pena de cárcel, de modo que pide para los cuatro acusados penas de dos años de prisión por los tres que inicialmente pedía por la supuesta comisión de un delito de abusos sexuales hacia la joven, cuatro años más por otro delito contra la intimidad por la difusión del vídeo y para uno de ellos, el último conductor, una multa de 720 euros por supuestamente causar lesiones leves.

El Ministerio Público también pide para la víctima como responsabilidad civil una indemnización conjunta y solidaria que deberán pagar los acusados de 4.500 euros por su curación y 6.000 más por los daños morales causados.

EL VÍDEO

De los cuatro procesados, J.A.P. ha dicho al final que grabó el vídeo y lo distribuyó "sin conocimiento" de los otros, quienes no han intervenido en el último turno de palabra, todo ello tras acogerse a su derecho a no declarar ante el juez el primer día de juicio y mantener que son "inocentes".

Frente a ello, la joven que denunció se ha mostrado "clara, concisa y coherente" en su declaración, en la que ratificó "lo fundamental" de la denuncia interpuesta tras conocer la existencia del vídeo por la Policía Foral.

Así lo confirmaron desde la acusación particular, al tiempo que aseveraron que la joven fue "contundente", aunque admitió que en un primer momento no recordó lo ocurrido en el coche, pero posteriormente fue consciente de los hechos, respaldados por la grabación.

Durante su declaración, decenas de mujeres se concentraron en señal de apoyo en las puertas de la Ciudad de la Justicia, convocadas por la Plataforma Contra la Violencia a las Mujeres.

Mientras tanto, el juez ha acordado demorar hasta la sentencia su decisión sobre la nulidad o no del vídeo que grabaron los acusados sobre los hechos, ocurridos en la noche del 1 de mayo de 2016 y se hicieron públicos en septiembre de 2016 en la investigación de la causa de Pamplona, por la que se encuentran en prisión junto a un quinto condenado más por la violación grupal a una joven.

El togado ha remarcado en el juicio que "no es la única prueba existente en el procedimiento" y ha aludido al "consentimiento" prestado por los acusados ante el juez instructor de Pamplona, donde hallaron las grabaciones tras entregar sus teléfonos y la Policía Foral inició investigación de esta causa, que ahora ha quedado vista para sentencia.

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