La acusación formaliza el recurso contra el fallo del TSJA por el asesinato de la hija de Juana Vacas

Actualizado: lunes, 24 marzo 2014 18:20

JAÉN, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La acusación particular, ejercida por Juana Vacas, del caso del asesinato, en marzo de 2011, de una de las hijas de esta vecina de Torredelcampo (Jaén), Purificación Armenteros, a manos de su exmarido, ha elaborado e iniciado el trámite para formalizar el recurso de casación que va a interponer ante el Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que rebajó de 22 años y medio a 20 la pena inicialmente impuesta por la Audiencia Provincial de jiennense para el hombre condenado por el mencionado crimen, identificado como F.J.M.

Así lo ha confirmado este lunes a Europa Press el abogado que asiste a Juana Vacas, Juan Jesús Garzón, quien ha indicado que, una vez que el recurso se remita este lunes a la Sala Segunda de lo Penal del TS, éste podría quedar recepcionado esta misma semana en el marco de un proceso en el que se tendrá que asignar un procurador de oficio a la madre de Purificación Armenteros.

Garzón ha explicado que el recurso se presenta al no estar de acuerdo la acusación con la posición del TSJA de no apreciar la circunstancia de alevosía en el comportamiento del condenado por el asesinato de la hija de Juana Vacas, cuando la familia de la víctima entiende que "no hay la menor duda" de que aquella existió en la conducta del encartado.

En ese sentido, el letrado que ejerce la acusación particular en este caso ha subrayado que la víctima "no tuvo posibilidad de defenderse" de la agresión del condenado y el comportamiento de éste se ajusta a la descripción del supuesto de alevosía, una opinión que espera que el Tribunal Supremo también comparta, según ha agregado.

Cabe recordar que, en su sentencia, el Alto Tribunal andaluz, al contrario que el jurado que enjuició el caso en la Audiencia Provincial, descartó que existiese alevosía en el comportamiento del encartado, y señaló que para que se dé esa circunstancia es necesario que "el agresor haya escogido un modo de comisión de los hechos que tienda a asegurar el resultado, y a cubrirse de la posible o previsible defensa de la víctima", y en este caso "los hechos revelan de manera inequívoca que el acusado, en el inicio de su acción (...) no había procurado o seleccionado, ni siquiera aprovechado, un escenario de indefensión".

Así, el Alto tribunal andaluz añadió en su resolución que "la agresión comienza con puñetazos", que "no es un medio especialmente seguro para garantizar el resultado", y "luego sigue con el ataque con (...) una banqueta de madera y anea", de modo que tras vencer la "resistencia" de la víctima fue cuando "utiliza medios o instrumentos especialmente crueles y determinantes, pero como continuación de una agresión en la que no hay solución de continuidad".

"En consecuencia, fue la superioridad física del acusado, y no una situación de completa indefensión, lo que aprovechó para lograr el execrable propósito que perseguía, por lo que no concurre la circunstancia de alevosía", concluye en este punto la sentencia, fechada el 21 de octubre del pasado año.

"ABUSO DE SUPERIORIDAD"

Frente a ello, el TSJA entendió que "lo procedente" era "calificar el hecho delictivo como homicidio con abuso de superioridad", ya que sí apreció en lo sucedido "un intenso debilitamiento de las posibilidades de defensa" de la víctima, "típico de una circunstancia agravante de abuso de superioridad en alto grado de intensidad".

Igualmente, el Alto tribunal andaluz sí consideró, coincidiendo así con el jurado, que hubo "ensañamiento" en el comportamiento del exmarido de Purificación Armenteros, ya que, según añadió en su sentencia, la acción de coger un cuchillo jamonero, regresar al dormitorio donde estaba Purificación de espaldas al acusado, y cortarle en la parte lateral derecha y posterior del cuello "constituye un ejemplo paradigmático de ensañamiento", que se produce, según recuerda el juez que rubrica el fallo, cuando se haya pretendido "aumentar el sufrimiento de la víctima".

El letrado Juan Jesús Garzón ha recordado que la defensa del condenado tenía previsto también recurrir ante el TS la sentencia del TSJA, que se derivó precisamente de un recurso interpuesto por dicha parte, que fundamentó su decisión en "un único motivo desdoblado en siete submotivos", según se recoge en la propia resolución del Alto Tribunal andaluz.

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