CÓRDOBA, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -
La alcaldesa de Córdoba, Rosa Aguilar (IU), afirmó hoy que "el Ayuntamiento va a preservar los derechos de la ciudad" y la multa al empresario Rafael Gómez por la construcción ilegal de las naves de Colecor se cobrará porque no ha prescrito.
En rueda de prensa, Aguilar se refirió así al hecho de que el titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Córdoba haya dictado una providencia en la que advierte de la posibilidad de que haya caducado el procedimiento sancionador abierto en 2005 por la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) contra Gómez por el motivo expuesto y por el que se le impuso una multa de 24,6 millones de euros.
Aguilar explicó que "no tiene nada que ver una caducidad con una prescripción" y por eso, desde su máximo respeto a la decisión judicial, subrayó que "la sanción no ha prescrito y se preservará los derechos de la ciudad". De este modo, en caso de que la sentencia del juez diga que la multa ha caducado, se puede abrir otro expediente porque la acción no ha prescrito.
El juez ha dado traslado de esta providencia, dictada de oficio, tanto a Arenal 2000 (empresa de Gómez) como al Ayuntamiento de Córdoba para que aleguen lo que consideren pertinente antes de dictar sentencia. Esto ya lo ha hecho la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, exponiendo por escrito ante el juzgado las razones por las que cree que el consistorio cumplió los plazos previstos, tal y como prevé la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), en la instrucción del expediente sancionador y que ahora lo que toca es esperar que el magistrado dicte sentencia.
Gómez recurrió ante el mismo juzgado el fallo del Consejo Municipal para la Resolución de Reclamaciones Económico-Administrativas (CREA) que le impuso la multa de 24,6 millones de euros, rebajando entonces en 1,8 millones la primera sanción impuesta por Urbanismo, que ascendía a 26,4 millones. De esta forma, el CREA aplicó el porcentaje sancionador del 135 por ciento (y no del 145 por ciento, como en un principio se fijó) sobre el valor de la obra construida, que ascendió a 18,2 millones de euros.
Esta resolución del órgano municipal puso fin al procedimiento administrativo, por lo que contra la misma no cabía recurso ante la Administración local.
La multa a Rafael Gómez lleva tramitándose desde junio del año 2005, a raíz de detectarse las primeras actuaciones. Inicialmente, la GMU paralizó las obras --que se culminaron pese a la prohibición dictada-- y empezó a instruir un expediente sancionador cuya primera valoración, acorde con el desarrollo de las obras, ascendió a 6,8 millones.
La multa fue avanzando hasta quedar fijada en 24,6 millones, en función de la tasación realizada de las construcciones. Desde entonces, se han llevado a cabo dos procesos paralelos, uno judicial y otro tributario. En el judicial, Arenal 2000 intentó revocar la multa o, en todo caso, paralizar su pago hasta que existiese sentencia firme. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acabó revocando esas pretensiones. Ningún tribunal aprobó la paralización cautelar del proceso.