Andalucía Acoge valora que el TS dé el estatus de refugiado a quienes lleguen dentro de un programa de reasentamiento

Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: lunes, 25 enero 2021 15:10

SEVILLA, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

La ONG Andalucía Acoge ha informado este lunes que el Tribunal Supremo (TS) "da la razón" a su equipo jurídico y ha fallado, "en aplicación de la Disposición Adicional Primera, Párrafo Segundo de la Ley de Asilo", que "las personas beneficiarias de un Programa de Reasentamiento aprobado por el Gobierno tendrán en todo caso la condición de refugiado en nuestro país y se someterán al régimen de dicha condición", hecho que valoran.

En un comunicado, la presidenta de la organización, Elena Tajuelo, señala que este pronunciamiento supone "un paso muy importante en la lucha por el reconocimiento por parte de los estados de la protección que merecen los refugiados".

Esta sentencia sienta jurisprudencia, ya que es la primera que aclara que dicha disposición de la norma se refiere siempre al Estatuto de Refugiado y no a la figura de Protección Subsidiaria, que se concede a aquellos que no reúnen los requisitos para obtener asilo o ser refugiadas, pero que necesitan protección al existir motivos para creer que si vuelven a su país podrían sufrir algún daño.

Según Tajuelo, "está sentencia demuestra el papel fundamental de las organizaciones sociales en el sistema de acogida velando por los derechos de las personas refugiadas y migrantes".

Este procedimiento se inició a raíz de la situación de varias familias sirias, que llegaron a España mediante el programa de reasentamiento de personas refugiadas y fueron derivadas a los dispositivos que Andalucía Acoge tiene en Granada, Málaga y Huelva por el proyecto de acogida de solicitantes y beneficiarios de Protección Internacional. A estas familias les fue concedida la Protección Subsidiaria en lugar del Estatuto de Refugiado, que es lo que a criterio del equipo jurídico de la ONG corresponde, en virtud de la normativa y jurisprudencia aplicable.

El equipo jurídico de Andalucía Acoge presentó los correspondientes recursos ante la Audiencia Nacional, referidos a cada una de las familias. Ante la desestimación de uno de los recursos, las abogadas de la entidad interpusieron en noviembre de 2019 recurso de casación ante el Tribunal Supremo para formación de jurisprudencia, al no existir al respecto, y ahora se conoce su fallo.

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