Asaja Córdoba destaca una sentencia que obliga a la Junta a indemnizar a un agricultor por una riada en 2010

CÓRDOBA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

Asaja ha señalado este miércoles que el juez de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba ha dictado una sentencia por la que "obliga a la Junta de Andalucía, que en 2010 tenía las competencias de la cuenca del Guadalquivir que ahora tiene las Confederación Hidrográfica, a indemnizar con 23.707 euros" a un agricultor por los daños sufridos en sus cosechas y plantación de olivar en el año 2010 en su finca "a consecuencia del desbordamiento de un arroyo por la falta de mantenimiento y conservación".

Así lo ha indicado la asociación en una nota en la que ha detallado que los hechos ocurrieron en diciembre de 2010 en el término municipal de Santaella (Córdoba) a consecuencia del desbordamiento del arroyo Salado, ante lo que el juez considera, según Asaja, que "sí se aprecia la existencia de responsabilidad" de la Junta, "a cuyo cargo correspondía la competencia sobre el mantenimiento y conservación de la cuenca hidrográfica del río Guadalquivir en que se enmarca el arroyo Salado".

Tal y como ha indicado la asociación de agricultores, la sentencia recoge que queda acreditada "la colmatación producida por falta de mantenimiento y conservación, no solo por lo que resulta de los datos sobre la escasa evacuación de las aguas del arroyo", sino también "por lo que resulta de la sentencia de la Audiencia Nacional de octubre de 2010, en la que se refleja el estado de abandono del cauce del arroyo Salado a su paso por los términos de Montalbán, La Rambla y Santaella, por parte de la administración responsable en lo que se refiere a las labores de conservación y mantenimiento en las adecuadas condiciones para facilitar el cauce suficiente de las aguas que discurren por el arroyo".

Por tanto, "el juez estima que no se puede compartir lo que alegó la Junta de Andalucía en cuanto a que correspondía a los propietarios ribereños, avisar o requerir a la administración para que informen y exijan de ésta cumplir con sus obligaciones derivadas de la competencia asumida como administración hidrológica".

Igualmente, Asaja ha afirmado que el juez "tampoco aprecia la resolución judicial fuerza mayor en atención a la intensidad de las lluvias porque", aunque "efectivamente las precipitaciones producidas eran intensas, resulta obvio que, de haberse mantenido en las condiciones adecuadas el cauce del arroyo, no se hubiera producido el desbordamiento o, en todo caso, de producirse, no hubiera alcanzado las consecuencias que se llegaron a alcanzar".

Además, ha añadido que "las labores de mantenimiento y conservación eran incluso más exigibles a la administración, habida cuenta del carácter de la zona calificada como de inundable, lo que, en lugar de eximirle de responsabilidad, debería de haber supuesto una mayor diligencia".

Asaja Córdoba, con la unión de 28 agricultores afectados y un informe del Grupo de Investigación de Hidrología e Hidráulica Agrícola de la Universidad de Córdoba (UCO), ha conseguido, a través del despacho De la Riva Abogados, "que los tribunales den la razón a los damnificados por la riada del año 2010, por lo que le han sido reconocidos casi dos millones de euros por los daños ocasionados en sus propiedades agrarias".

"En esa fecha, la gestión de la Cuenca del Guadalquivir era competencia de la Agencia Andaluza del Agua, decisión posteriormente revocada por el Tribunal Constitucional", ha indicado Asaja, que ha agregado que, "por tanto, las sentencias consideran a la Junta de Andalucía como responsable por acciones y omisiones en los días previos a los hechos".

Según las sentencias, el 5 de diciembre de 2010, "los embalses se encontraban al 83 por ciento de su capacidad, lo que obligó a desembalsar en los días de inundaciones, por lo que los tribunales consideran que la Junta de Andalucía cometió un fallo de seguridad inaceptable en el sistema hídrico de la cuenca del Guadalquivir, unido a la falta de la limpieza de los cauces", ha apostillado Asaja.

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