La Audiencia rechaza tratar como delito el atropello mortal en agosto de una mujer en Torredonjimeno

Actualizado: lunes, 28 abril 2014 20:41

JAÉN, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha ratificado la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Martos de calificar "como una falta" el caso de Genoveva Pérez, la mujer que falleció el 4 de agosto del pasado año en la localidad jiennense de Torredonjimeno tras ser atropellada por un coche cuando cruzaba por un paso de peatones.

Así lo ha indicado este lunes a Europa Press el hijo de esta mujer, Roberto Sánchez, que junto a su hermana había interpuesto un recurso ante la Audiencia contra dicha decisión del juzgado marteño, con el fin de que el suceso fuera tratado como un posible "delito de imprudencia con resultado de muerte".

Los familiares de Genoveva Pérez rechazan ese proceder del juzgado marteño al entender que realizó esa calificación "sin instrucción alguna y con la excusa de que los juzgados están muy saturados", y porque entienden que no se corresponde con la realidad, ya que el atropello se produjo "en el carril reservado para el sentido contrario en una vía de doble sentido de circulación, y además en un paso de peatones".

Para Roberto Sánchez, resulta así "obvio que el conductor no iba prestando la más mínima atención a la conducción e incurrió en diversas infracciones graves y muy graves, según el Reglamento General de la Circulación".